Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peraleda de la Mata. (BOP-2024-5965)
BOP-2024-5965 Aprobación del Plan de Medidas Antifraude.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE
[SISTEMA DE GESTIÓN DEL PLAN DE
RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA]
Ayuntamiento de Peraleda de la Mata
Plaza de España, 1, Peraleda de la Mata. 10335. Cáceres. Tfno. 927559005. Fax. 927559227
Pág. 29 de 48
ANEXO VII: CATÁLOGO DE BANDERAS ROJAS Y CONTROLES PROPUESTOS
EN SUBVENCIONES, CONTRATOS, CONVENIOS Y ENCARGOS A MEDIOS
PROPIOS
Las banderas rojas son señales de alarma, pistas o indicios de posible fraude. La
existencia de una bandera roja no implica necesariamente la existencia de fraude,
pero sí indica que una determinada área de actividad necesita atención extra para
descartar o confirmar un fraude potencial.
El Ayuntamiento de Peraleda de la Mata establece dentro del sistema de medidas
de detección del fraude la siguiente relación de banderas rojas, basada en la Guía
para la aplicación de medidas antifraude en la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude, en la
que las banderas rojas se clasifican por cada uno de los métodos de gestión de
fondos: subvenciones, contratos, convenios y encargos a medios propios.
SUBVENCIONES
BANDERAS ROJAS CONTROLES PROPUESTOS
Limitación de la concurrencia
Insuficiente difusión de las Bases
Reguladoras y Convocatoria.
− Verificar la publicación de las bases reguladoras y convocatoria de forma
que se garantice la máxima difusión.
− Verificar que se cumple lo estipulado en los artículos art. 9.3 y 18 de la
Ley General de Subvenciones referidos a los deberes de publicación e
información de las convocatorias.
No se han definido con claridad los
requisitos que deben cumplir los
beneficiarios o destinatarios.
−Verificar que los requisitos exigidos para obtener la condición de
beneficiarios se han incluido de forma clara en las bases reguladoras y
convocatorias.
No se han respetado los plazos
para la presentación de solicitudes
−Lista de comprobación de los plazos establecidos para garantizar la
regularidad de la tramitación.
−Verificar la presentación de la solicitud dentro del plazo establecido en las
bases reguladoras y convocatoria.
Ausencia de publicación de los
baremos fijados para la valoración
de las solicitudes.
−Verificar la inclusión en las bases reguladores o en las convocatorias de los
baremos utilizados para la selección de beneficiarios.
−Verificar que los beneficiarios seleccionados cumplen con los baremos
exigidos en la convocatoria.
CVE:
BOP-2024-5965
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 20 de noviembre de 2024
N.º 0225
Pág. 25040
[SISTEMA DE GESTIÓN DEL PLAN DE
RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA]
Ayuntamiento de Peraleda de la Mata
Plaza de España, 1, Peraleda de la Mata. 10335. Cáceres. Tfno. 927559005. Fax. 927559227
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ANEXO VII: CATÁLOGO DE BANDERAS ROJAS Y CONTROLES PROPUESTOS
EN SUBVENCIONES, CONTRATOS, CONVENIOS Y ENCARGOS A MEDIOS
PROPIOS
Las banderas rojas son señales de alarma, pistas o indicios de posible fraude. La
existencia de una bandera roja no implica necesariamente la existencia de fraude,
pero sí indica que una determinada área de actividad necesita atención extra para
descartar o confirmar un fraude potencial.
El Ayuntamiento de Peraleda de la Mata establece dentro del sistema de medidas
de detección del fraude la siguiente relación de banderas rojas, basada en la Guía
para la aplicación de medidas antifraude en la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude, en la
que las banderas rojas se clasifican por cada uno de los métodos de gestión de
fondos: subvenciones, contratos, convenios y encargos a medios propios.
SUBVENCIONES
BANDERAS ROJAS CONTROLES PROPUESTOS
Limitación de la concurrencia
Insuficiente difusión de las Bases
Reguladoras y Convocatoria.
− Verificar la publicación de las bases reguladoras y convocatoria de forma
que se garantice la máxima difusión.
− Verificar que se cumple lo estipulado en los artículos art. 9.3 y 18 de la
Ley General de Subvenciones referidos a los deberes de publicación e
información de las convocatorias.
No se han definido con claridad los
requisitos que deben cumplir los
beneficiarios o destinatarios.
−Verificar que los requisitos exigidos para obtener la condición de
beneficiarios se han incluido de forma clara en las bases reguladoras y
convocatorias.
No se han respetado los plazos
para la presentación de solicitudes
−Lista de comprobación de los plazos establecidos para garantizar la
regularidad de la tramitación.
−Verificar la presentación de la solicitud dentro del plazo establecido en las
bases reguladoras y convocatoria.
Ausencia de publicación de los
baremos fijados para la valoración
de las solicitudes.
−Verificar la inclusión en las bases reguladores o en las convocatorias de los
baremos utilizados para la selección de beneficiarios.
−Verificar que los beneficiarios seleccionados cumplen con los baremos
exigidos en la convocatoria.
CVE:
BOP-2024-5965
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 20 de noviembre de 2024
N.º 0225
Pág. 25040