Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2024-5949)
BOP-2024-5949 Convenio de encomienda de gestión del servicio de RSU suscrito con el Ayuntamiento de Mata de Alcántara.
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
LA0019135 – CONSORCIO MÁSMEDIO
CONVENIO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE RESIDUOS
SÓLIDOS URBANOS
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
f) Comunicar al Consorcio MásMedio la adopción de cualquier decisión
municipal con trascendencia sobre el presente Convenio y prestar la
protección adecuada y las ayudas que sean requeridas para la mayor
agilidad y eficacia del servicio, poniendo a disposición la Policía Local, si ello
fuese preciso.
g) A efectos de la legitimación de datos contemplada en la Ley Orgánica 3/2018
de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de los derechos
digitales, será el AYUNTAMIENTO el encargo de recabar el consentimiento
de los usuarios.
OCTAVA. - Régimen económico-financiero de la encomienda de gestión.
El AYUNTAMIENTO reconoce al Consorcio MásMedio, como Entidad local
supramunicipal, la capacidad para establecer, exigir y recaudar los fondos
necesarios para la gestión del citado servicio público encomendado mediante las
correspondientes Ordenanzas reguladoras de las tasas, contribuciones especiales
y/o precios públicos, a los usuarios y beneficiarios del servicio, con sometimiento al
principio de equivalencia (que iguala la recaudación con los costes del servicio que
se presta). La potestad reglamentaria se ejercerá conforme a lo previsto en sus
respectivas normas de creación y en los términos establecidos al amparo de lo
dispuesto en el artículo 152 del TRLRHL.
A tal fin, el Consorcio MásMedio, dentro del ámbito territorial sobre el que
ejerce sus competencias, establecerá y exigirá a los usuarios y beneficiarios de los
servicios encomendados las tasas, precios públicos y/o tarifas vigentes en cada
momento en la Ordenanza Fiscal correspondiente, así como los recargos y las
penalidades que reglamentariamente se establecen en las ordenanzas fiscales y los
reglamentos reguladores de organización y funcionamiento del servicio
encomendado.
A tal efecto, el AYUNTAMIENTO asume el compromiso de suprimir las tasas,
precios públicos o precios intervenidos relacionados con el servicio objeto de la
encomienda, y derogar las Ordenanzas Municipales que los regulan, de modo que
dichas derogaciones coincidan con la entrada en vigor y aplicación para el
municipio de la Ordenanza Fiscal que oportunamente se establezca y de la tarifa
que contemple, con el fin de evitar la duplicidad o que se produzca un vacío
normativo.
CVE:
BOP-2024-5949
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 20 de noviembre de 2024
N.º 0225
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