Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2024-5947)
BOP-2024-5947 Convenio de encomienda de gestión del servicio de RSU suscrito con el Ayuntamiento de Jarilla.
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
LA0019135 – CONSORCIO MÁSMEDIO
CONVENIO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN DEL SERVICIO DE RSU
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
DECIMOTERCERA. - Indemnizaciones en caso de resolución anticipada.
Si el AYUNTAMIENTO de forma unilateral estimase conveniente resolver
anticipadamente el Convenio, deberá indemnizar al Consorcio MásMedio por los
daños y perjuicios ocasionados, y devolver posibles anticipos que pudiera haber
recibido por cualquier concepto, así como los importes de las actuaciones realizadas.
Para ello, los servicios técnicos del Consorcio MásMedio realizarán un informe
técnico-económico que reflejen los perjuicios causados y las indemnizaciones que
correspondan, que será trasladado al AYUNTAMIENTO, en trámite de audiencia, para
la formulación de alegaciones por la Entidad Local.
Recibidas las alegaciones y previa propuesta de resolución, se dictará Resolución
por la Presidencia del Consorcio MásMedio con los efectos administrativos
correspondientes.
En sentido contrario, el Consorcio MásMedio deberá devolver al
AYUNTAMIENTO aquella parte de su fondo particular de inversiones pendiente de
ejecutar.
La suspensión del Convenio no surtirá efecto en tanto que el AYUNTAMIENTO
no preste su conformidad a la liquidación contable y satisfaga, en su caso, la totalidad
de su deuda. En cualquier caso, entre la denuncia del Convenio y su resolución
definitiva deberán transcurrir al menos doce meses.
Tras la finalización o suspensión del presente convenio, el personal incorporado
a los nuevos servicios pasará nuevamente al servicio municipal según lo establecido
en la legislación vigente en materia laboral, no recayendo en el Consorcio MásMedio
ninguna obligación laboral respecto de los trabajadores implicados.
En cualquier caso, el Consorcio MásMedio será indemnizado por los daños y
perjuicios sufridos como consecuencia del incumplimiento del presente convenio.
Asimismo, constituirá título suficiente y perjuicio evaluable que el Consorcio
MásMedio apruebe algún expediente de contratación o adjudique algún contrato para
la ejecución del presente convenio, cuando la Entidad local suscriptora del mismo se
desvincule de este. Sin embargo, si suscrito el convenio entre el Consorcio MásMedio
y la Entidad Local correspondiente e iniciada la tramitación del expediente de
contratación o adjudicado el correspondiente contrato, el AYUNTAMIENTO
CVE:
BOP-2024-5947
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 20 de noviembre de 2024
N.º 0225
Pág. 24899
LA0019135 – CONSORCIO MÁSMEDIO
CONVENIO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN DEL SERVICIO DE RSU
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
DECIMOTERCERA. - Indemnizaciones en caso de resolución anticipada.
Si el AYUNTAMIENTO de forma unilateral estimase conveniente resolver
anticipadamente el Convenio, deberá indemnizar al Consorcio MásMedio por los
daños y perjuicios ocasionados, y devolver posibles anticipos que pudiera haber
recibido por cualquier concepto, así como los importes de las actuaciones realizadas.
Para ello, los servicios técnicos del Consorcio MásMedio realizarán un informe
técnico-económico que reflejen los perjuicios causados y las indemnizaciones que
correspondan, que será trasladado al AYUNTAMIENTO, en trámite de audiencia, para
la formulación de alegaciones por la Entidad Local.
Recibidas las alegaciones y previa propuesta de resolución, se dictará Resolución
por la Presidencia del Consorcio MásMedio con los efectos administrativos
correspondientes.
En sentido contrario, el Consorcio MásMedio deberá devolver al
AYUNTAMIENTO aquella parte de su fondo particular de inversiones pendiente de
ejecutar.
La suspensión del Convenio no surtirá efecto en tanto que el AYUNTAMIENTO
no preste su conformidad a la liquidación contable y satisfaga, en su caso, la totalidad
de su deuda. En cualquier caso, entre la denuncia del Convenio y su resolución
definitiva deberán transcurrir al menos doce meses.
Tras la finalización o suspensión del presente convenio, el personal incorporado
a los nuevos servicios pasará nuevamente al servicio municipal según lo establecido
en la legislación vigente en materia laboral, no recayendo en el Consorcio MásMedio
ninguna obligación laboral respecto de los trabajadores implicados.
En cualquier caso, el Consorcio MásMedio será indemnizado por los daños y
perjuicios sufridos como consecuencia del incumplimiento del presente convenio.
Asimismo, constituirá título suficiente y perjuicio evaluable que el Consorcio
MásMedio apruebe algún expediente de contratación o adjudique algún contrato para
la ejecución del presente convenio, cuando la Entidad local suscriptora del mismo se
desvincule de este. Sin embargo, si suscrito el convenio entre el Consorcio MásMedio
y la Entidad Local correspondiente e iniciada la tramitación del expediente de
contratación o adjudicado el correspondiente contrato, el AYUNTAMIENTO
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Miércoles, 20 de noviembre de 2024
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