Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-5931)
BOP-2024-5931 Convenio de Colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia y la Asociación de Familiares de Enfermos/as de Alzheimer (AFADS-NORTE DE CÁCERES) para el Mantenimiento del Programa "Servicio de Terapia Cognitiva y Psicomotricidad Acuática para Personas".
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TERCERA.- El Ayuntamiento financiará con la cantidad de 30.000,00 euros el
Proyecto desarrollar por la Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer con
cargo a la partida presupuestaria 0107 23114 48209 del presupuesto municipal del
2024 denominada A. Asoc. Familiares enfermos de Alzheimer (afads), tratándose de
una subvención nominativa el tanto por ciento del presupuesto del proyecto a
financiar por el beneficiario, bien por financiación propia o a través de otras
subvenciones será como mínimo del 50 %.
CUARTA.- A la firma del Convenio la entidad recibirá el 100% de la subvención, de
acuerdo con lo establecido por el artículo 34.3 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, que señala que se podrán realizar pagos anticipados que supondrán
entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria
para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. Dicha
posibilidad y el régimen de garantías deberán preverse expresamente en la
normativa reguladora de la subvención.
El pago de la subvención por parte del Ayuntamiento, se realizará en la forma
descrita en el párrafo anterior, sin que deban aportarse garantías por parte de la
entidad beneficiaria, dado el carácter no lucrativo de la asociación y el carácter social
del programa de la entidad beneficiaria.
Deberá acreditarse la justificación de los gastos de la actividad subvencionada
(el importe total de la misma, no únicamente la parte subvencionada) y el fin
para el que se concedió, con los documentos y justificantes requeridos por la
normativa vigente.
La no justificación del gasto dará lugar a la devolución de las cantidades satisfechas
y no justificadas.
QUINTA.- Se considerarán gastos subvencionables los destinados a la ejecución del
Programa realizados entre el 1 y el 31 de diciembre de 2024, y en concreto los
siguientes:
CVE:
BOP-2024-5931
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 19 de noviembre de 2024
N.º 0224
Pág. 24849
TERCERA.- El Ayuntamiento financiará con la cantidad de 30.000,00 euros el
Proyecto desarrollar por la Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer con
cargo a la partida presupuestaria 0107 23114 48209 del presupuesto municipal del
2024 denominada A. Asoc. Familiares enfermos de Alzheimer (afads), tratándose de
una subvención nominativa el tanto por ciento del presupuesto del proyecto a
financiar por el beneficiario, bien por financiación propia o a través de otras
subvenciones será como mínimo del 50 %.
CUARTA.- A la firma del Convenio la entidad recibirá el 100% de la subvención, de
acuerdo con lo establecido por el artículo 34.3 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, que señala que se podrán realizar pagos anticipados que supondrán
entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria
para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. Dicha
posibilidad y el régimen de garantías deberán preverse expresamente en la
normativa reguladora de la subvención.
El pago de la subvención por parte del Ayuntamiento, se realizará en la forma
descrita en el párrafo anterior, sin que deban aportarse garantías por parte de la
entidad beneficiaria, dado el carácter no lucrativo de la asociación y el carácter social
del programa de la entidad beneficiaria.
Deberá acreditarse la justificación de los gastos de la actividad subvencionada
(el importe total de la misma, no únicamente la parte subvencionada) y el fin
para el que se concedió, con los documentos y justificantes requeridos por la
normativa vigente.
La no justificación del gasto dará lugar a la devolución de las cantidades satisfechas
y no justificadas.
QUINTA.- Se considerarán gastos subvencionables los destinados a la ejecución del
Programa realizados entre el 1 y el 31 de diciembre de 2024, y en concreto los
siguientes:
CVE:
BOP-2024-5931
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 19 de noviembre de 2024
N.º 0224
Pág. 24849