Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Cáceres. (BOP-2024-5919)
BOP-2024-5919 Bases de la Convocatoria Pública para el otorgamiento de Subvenciones, en Régimen de Concurrencia Competitiva, a los Clubes / Asociaciones Deportivas de Casar de Cáceres, ejercicio 2024.
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d) Quedan expresamente excluidos de esta convocatoria aquellos clubes que sean
beneficiarios de ayudas de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, conforme a lo
establecido en el Decreto 130/2002, de 24 de septiembre (Diario Oficial de Extremadura
número 114 de 01/10/02).
e) Quedan igualmente excluidas de ésta convocatoria aquellas asociaciones que
concurran y obtengan subvención en la convocatoria realizada por la Concejalía de
Cultura, ni aquellas que obtengan subvención nominativa.”
Debe decir:
“CUARTA. ENTIDADES BENEFICIARIAS. REQUISITOS.
Podrán concurrir a la presente convocatoria los clubes y/o asociaciones deportivas locales del
municipio de Casar de Cáceres con inscripción en vigor en la Federación correspondiente a las
modalidades deportivas para los que se solicita subvención. Cada club y/o asociación deportiva
no podrá presentar más de una solicitud de subvención, aun cuando tuviera creada varias
secciones deportivas.
Además, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) No encontrarse incursas en alguna de las circunstancias a las que se refiere el
artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Igualmente la entidad beneficiaria deberá encontrarse al corriente de sus obligaciones
tributarias con la hacienda estatal, autonómica y local y con la Seguridad Social, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 14 1.e de la ley mencionada ley. Esta
circunstancia se podrá comprobar de oficio siempre que el/a interesado/a lo autorice.
b) Que se trate de asociaciones activas y en funcionamiento.
c) Que hayan justificado adecuadamente las subvenciones recibidas por el
Ayuntamiento de Casar de Cáceres en anualidades anteriores.
d) Quedan expresamente excluidos de esta convocatoria aquellos clubes que sean
beneficiarios de ayudas de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, conforme a lo
establecido en el Decreto 130/2002, de 24 de septiembre (Diario Oficial de Extremadura
número 114 de 01/10/02).
e) Quedan igualmente excluidas de ésta convocatoria aquellas asociaciones que
concurran y obtengan subvención en la convocatoria realizada por la Concejalía de
CVE:
BOP-2024-5919
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 19 de noviembre de 2024
N.º 0224
Pág. 24815
beneficiarios de ayudas de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, conforme a lo
establecido en el Decreto 130/2002, de 24 de septiembre (Diario Oficial de Extremadura
número 114 de 01/10/02).
e) Quedan igualmente excluidas de ésta convocatoria aquellas asociaciones que
concurran y obtengan subvención en la convocatoria realizada por la Concejalía de
Cultura, ni aquellas que obtengan subvención nominativa.”
Debe decir:
“CUARTA. ENTIDADES BENEFICIARIAS. REQUISITOS.
Podrán concurrir a la presente convocatoria los clubes y/o asociaciones deportivas locales del
municipio de Casar de Cáceres con inscripción en vigor en la Federación correspondiente a las
modalidades deportivas para los que se solicita subvención. Cada club y/o asociación deportiva
no podrá presentar más de una solicitud de subvención, aun cuando tuviera creada varias
secciones deportivas.
Además, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) No encontrarse incursas en alguna de las circunstancias a las que se refiere el
artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Igualmente la entidad beneficiaria deberá encontrarse al corriente de sus obligaciones
tributarias con la hacienda estatal, autonómica y local y con la Seguridad Social, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 14 1.e de la ley mencionada ley. Esta
circunstancia se podrá comprobar de oficio siempre que el/a interesado/a lo autorice.
b) Que se trate de asociaciones activas y en funcionamiento.
c) Que hayan justificado adecuadamente las subvenciones recibidas por el
Ayuntamiento de Casar de Cáceres en anualidades anteriores.
d) Quedan expresamente excluidos de esta convocatoria aquellos clubes que sean
beneficiarios de ayudas de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, conforme a lo
establecido en el Decreto 130/2002, de 24 de septiembre (Diario Oficial de Extremadura
número 114 de 01/10/02).
e) Quedan igualmente excluidas de ésta convocatoria aquellas asociaciones que
concurran y obtengan subvención en la convocatoria realizada por la Concejalía de
CVE:
BOP-2024-5919
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
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N.º 0224
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