Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Cáceres. (BOP-2024-5894)
BOP-2024-5894 EXTRACTO. Bases de la Convocatoria Pública para el otorgamiento de Subvenciones, en Régimen de Concurrencia Competitiva, a los Clubes / Asociaciones Deportivas de Casar de Cáceres, ejercicio 2024.
16 páginas totales
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https:casardecaceres.sedelectronica.es
Toda la documentación deberá ser presentada en el Registro del Ayuntamiento de Casar de
Cáceres en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del
extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y dirigirse a la Sra.
Alcaldesa del Ayuntamiento de Casar de Cáceres.
La presentación de la solicitud por parte de la entidad interesada implicará la aceptación de las
presentes Bases de Convocatoria, así como el consentimiento inequívoco al tratamiento de
datos de carácter personal y a su publicación, todo ello de conformidad con la Ley Orgánica
3/2018, de 5, de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos
digitales.
Si las solicitudes presentadas no reúnen los requisitos establecidos o no acompañan la
documentación exigida en la presente convocatoria, se requerirá al/a interesado/a para que
subsane la solicitud o aporte la documentación en el plazo máximo e improrrogable de cinco
días naturales, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido/a de su solicitud.
SÉPTIMA. PROCEDIMIENTO Y RESOLUCIÓN.
PROCEDIMIENTO.
El procedimiento de concesión será el previsto en el artículo 23 y siguientes de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, respetando los principios de igualdad,
objetividad, publicidad y libre concurrencia.
La instrucción del procedimiento corresponderá al/a responsable de la Concejalía del Área de
Deporte del Ayuntamiento de Casar de Cáceres, quien gozará de las atribuciones que le
confiere el artículo 24 de la Ley General de Subvenciones.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, éstas serán examinadas por el Servicio
Gestor del procedimiento, la Agencia de Empleo y Desarrollo Local, que, ante errores
subsanables en la solicitud, requerirá a la entidad solicitante para que proceda a corregirlos,
concediéndole un plazo de cinco días naturales, a contar desde la publicación de la relación
provisional de entidades admitidas y excluidas, en el Tablón de Anuncios de la Sede
Electrónica Municipal: https://casardecaceres.sedelectronica.es
En caso de no subsanar adecuadamente, se le tendrá por desistido/a del expediente, de
conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente.
CVE:
BOP-2024-5894
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 18 de noviembre de 2024
N.º 0223
Pág. 24709
Toda la documentación deberá ser presentada en el Registro del Ayuntamiento de Casar de
Cáceres en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del
extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y dirigirse a la Sra.
Alcaldesa del Ayuntamiento de Casar de Cáceres.
La presentación de la solicitud por parte de la entidad interesada implicará la aceptación de las
presentes Bases de Convocatoria, así como el consentimiento inequívoco al tratamiento de
datos de carácter personal y a su publicación, todo ello de conformidad con la Ley Orgánica
3/2018, de 5, de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos
digitales.
Si las solicitudes presentadas no reúnen los requisitos establecidos o no acompañan la
documentación exigida en la presente convocatoria, se requerirá al/a interesado/a para que
subsane la solicitud o aporte la documentación en el plazo máximo e improrrogable de cinco
días naturales, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido/a de su solicitud.
SÉPTIMA. PROCEDIMIENTO Y RESOLUCIÓN.
PROCEDIMIENTO.
El procedimiento de concesión será el previsto en el artículo 23 y siguientes de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, respetando los principios de igualdad,
objetividad, publicidad y libre concurrencia.
La instrucción del procedimiento corresponderá al/a responsable de la Concejalía del Área de
Deporte del Ayuntamiento de Casar de Cáceres, quien gozará de las atribuciones que le
confiere el artículo 24 de la Ley General de Subvenciones.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, éstas serán examinadas por el Servicio
Gestor del procedimiento, la Agencia de Empleo y Desarrollo Local, que, ante errores
subsanables en la solicitud, requerirá a la entidad solicitante para que proceda a corregirlos,
concediéndole un plazo de cinco días naturales, a contar desde la publicación de la relación
provisional de entidades admitidas y excluidas, en el Tablón de Anuncios de la Sede
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En caso de no subsanar adecuadamente, se le tendrá por desistido/a del expediente, de
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CVE:
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Lunes, 18 de noviembre de 2024
N.º 0223
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