Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2024-5873)
BOP-2024-5873 Bases de convocatoria como funcionario/a - interino/a de Gerente para la Dinamización Comercial.
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DÉCIMO TERCERA. Lista de espera.
Se constituirá una Lista de Espera con el resto de los aspirantes que acrediten
reunir los requisitos exigidos para el puesto de trabajo. Se podrá utilizar en los casos de
vacantes en el puesto, por bajas o cualquier tipo de sustitución.
El orden de prelación de los aspirantes en la lista de espera se establecerá por la
puntuación total obtenida en el procedimiento de concurso-oposición.
DÉCIMO CUARTA. INCIDENCIAS.
Contra estas bases, su convocatoria y cuantos se deriven de las mismas y de la
actuación del Tribunal, se podrán interponer impugnaciones por los interesados en los
casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones de las Administraciones Públicas.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y
adoptar resoluciones, criterios o medias necesarias para el buen orden del concurso en
aquellos aspectos no contemplados en estas bases, siendo en todo caso aplicable, para
lo no previsto en la presente convocatoria: el Decreto 201/1995, de 28 de diciembre,
por el que se aprueba el Reglamento General de Ingresos del Personal al Servicio de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; Real decreto 364/1995,
de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al
servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo
y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado;
Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local; el real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones
Legales vigentes en materia de Régimen Local y demás normativa de general
aplicación y por el Texto Refundido por el que se aprueba el Estatuto Básico del
Empleado Público.
DÉCIMO CUARTA. Igualdad de género.
En cumplimiento del principio de igualdad entre hombres y mujeres, en la
redacción de las presentes bases se ha utilizado el género gramatical masculino con el
fin de designar a todos los individuos, sin distinción de sexos.
DÉCIMO QUINTA. RECURSOS.
La presente convocatoria tiene carácter definitivo y contra ella se podrá
interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, Recurso Contencioso-
Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres o Recurso
de Reposición en el plazo de un mes dirigido a esta Alcaldía; todo ello de conformidad
a lo previsto en el artículo 123 de la Ley 9/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Cód.
Validación:
7KMJ9RWSNYYG3LQAJS3EZY99W
Verificación:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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16
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CVE:
BOP-2024-5873
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 15 de noviembre de 2024
N.º 0222
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