Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera. (BOP-2024-5866)
BOP-2024-5866 Aprobación definitiva de Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Ocupación del subsuelo suelo y vuelo de la vía pública a favor de empresas explotadoras de servicios de interés general y otras.
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ARTÍCULO 8. ACTUACIONES Y PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN Y DE INSPECCIÓN
TRIBUTARIAS.
Las actuaciones y procedimientos de gestión y de inspección tributarias de todos los elementos
que regula esta ordenanza serán ejercidos por el Servicio de Gestión Tributaria del
Ayuntamiento de Jaraiz de la Vera, resultando de aplicación la Ley general tributaria y las otras
leyes reguladoras de la materia, así como las normas que las despliegan.
ARTÍCULO 9. INFRACCIONES Y SANCIONES.
Con respecto a la calificación como infracciones tributarias y a las sanciones que correspondan
en cada caso, se atendrá a lo que dispone la Ley general tributaria y las normas reglamentarias
que la despliegan.
Artículo 10. En todo lo que no está previsto en la presente ordenanza, será de aplicación la
Ordenanza fiscal general.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza, entrará en vigor una vez publicada íntegramente en el Boletín Oficial
de la Provincia y transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, permaneciendo en vigor hasta su
modificación o derogación expresa.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Jaraíz de la Vera, 11 de noviembre de 2024
Luis Miguel Núñez Romero
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-5866
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 15 de noviembre de 2024
N.º 0222
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