Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-5793)
BOP-2024-5793 EXTRACTO. Normas reguladoras y Convocatoria Subvenciones Operadores/as TIC, Mancomunidades Integrales de la provincia 2025.
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GASTOS SUBVENCIONABLES:
Las mancomunidades destinarán la subvención a financiar los gastos corrientes que
establezcan en su solicitud, de conformidad con la estructura presupuestaria que incorpora la
Orden EHA 3565/2008 por la que se aprueba la estructura de los Presupuestos de las
Entidades Locales, modificada por la Orden HAP/419/2014 de 14 de marzo.
Se considerarán como gastos subvencionables, los siguientes gastos corrientes:
1. Los gastos de personal, que deberán incluir las retribuciones del personal así como las
correspondientes cuotas de la Seguridad Social.
2. Los gastos de desplazamiento y otros gastos diversos relacionados con el objeto de la
subvención, que reúnan alguna de las siguientes características: ser bienes fungibles, tener
una duración previsible inferior al ejercicio económico, no ser susceptibles de inclusión en
inventario.
REQUISITOS:
Se deberá cumplir con los siguientes requisitos por parte de la Mancomunidad, en la
contratación de los/as operadores/as TIC:
a) Los/as Operadores/as TIC deberán estar en posesión de la titulación mínima
correspondiente a Formación Profesional de Segundo Grado en Informática, Ciclo
Formativo de Grado Medio en Informática o titulación informática superior, equivalentes
o superiores.
b) El/a operador/a TIC contratado por la mancomunidad no guardará, en ningún caso,
relación alguna, ni jurídica ni laboral con la Excma. Diputación Provincial de Cáceres.
En el supuesto que se produzca la extinción del contrato de trabajo con el/a operador/a TIC
seleccionado/a antes de la finalización prevista del mismo, la mancomunidad podrá proceder a
la selección de un/a nuevo/a trabajador/a que reúna los requisitos establecidos en estas bases,
hasta agotar el importe de la subvención concedida.
Las contrataciones a las que se refieren las presentes normas deberán finalizar antes del 1 de
enero de 2026 y no podrán tener duración inferior a 6 meses.
ENTIDADES DESTINATARIAS:
Las Mancomunidades Integrales de la provincia de Cáceres.
CVE:
BOP-2024-5793
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 13 de noviembre de 2024
N.º 0220
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