Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Membrío. (BOP-2024-5775)
BOP-2024-5775 Bases que han de regir la convocatoria y el proceso de selección para la constitución de una Bolsa de Trabajo para diferentes puestos.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
- Secretario/a (un/a funcionario/a nombrado/a al efecto).
- 2 vocales nombrados/as al efecto.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo
ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos
23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los/as miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento de las
bases de la convocatoria. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la
interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba
hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal.
SÉPTIMO. Sistema de Selección y Desarrollo del Proceso.
El procedimiento de selección será por concurso de méritos, que consiste en valorar la
documentación presentada por cada solicitante, de acuerdo con el baremo incluido en estas
bases.
Criterios de valoración: Máximo - 10 - puntos totales.
CRITERIOS SOCIALES: Máximo - 5 - puntos totales.
- Por cada mes en desempleo 0.2 puntos, con un máximo de 2 puntos.
- Por cada hijo/a a su cargo 0.5 puntos, con un máximo de 1.5 puntos.
- Por tener una discapacidad reconocida, 1 punto.
- Por estar empadronado/a en el municipio, en dos años anteriores a la fecha de la
presentación de solicitudes, 1 punto.
CRITERIOS FORMATIVOS Y LABORALES: Máximo - 5 - puntos totales.
a) Formación:
- Cursillos o seminarios y formación complementaria, hasta un máximo de 2
puntos, relacionados con las funciones propias del puesto de trabajo. 0,004
puntos por hora.
CVE:
BOP-2024-5775
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 12 de noviembre de 2024
N.º 0219
Pág. 24163
- 2 vocales nombrados/as al efecto.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo
ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos
23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los/as miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento de las
bases de la convocatoria. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la
interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba
hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal.
SÉPTIMO. Sistema de Selección y Desarrollo del Proceso.
El procedimiento de selección será por concurso de méritos, que consiste en valorar la
documentación presentada por cada solicitante, de acuerdo con el baremo incluido en estas
bases.
Criterios de valoración: Máximo - 10 - puntos totales.
CRITERIOS SOCIALES: Máximo - 5 - puntos totales.
- Por cada mes en desempleo 0.2 puntos, con un máximo de 2 puntos.
- Por cada hijo/a a su cargo 0.5 puntos, con un máximo de 1.5 puntos.
- Por tener una discapacidad reconocida, 1 punto.
- Por estar empadronado/a en el municipio, en dos años anteriores a la fecha de la
presentación de solicitudes, 1 punto.
CRITERIOS FORMATIVOS Y LABORALES: Máximo - 5 - puntos totales.
a) Formación:
- Cursillos o seminarios y formación complementaria, hasta un máximo de 2
puntos, relacionados con las funciones propias del puesto de trabajo. 0,004
puntos por hora.
CVE:
BOP-2024-5775
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 12 de noviembre de 2024
N.º 0219
Pág. 24163