Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2024-5744)
BOP-2024-5744 Convocatoria y Bases para la provisión de una plaza de Gestor/a Administrativo/a mediante concurso - oposición, por el turno libre, vacante en la plantilla de funcionarios/as del Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres, en el marco de la oferta ordinaria de empleo.
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Servicios Sociales, y deberá encontrarse actualizado a fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes. Esta documentación deberá entregarse junto con la solicitud.”
Debe decir:
“Estará bonificada la cuota de la Tasa, en los siguientes casos:
Tendrán una reducción del 50% de la Tasa las personas con discapacidad igual o
superior al 33 por ciento, que se acreditará mediante original o copia auténtica del
certificado de discapacidad emitido por la Dirección General de Servicios Sociales, y
deberá encontrarse actualizado a fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes”
Tendrán una reducción del 50% de la Tasa, las personas que carezcan de ocupación
laboral durante, al menos 3 meses, a la fecha de la convocatoria. Esta circunstancia se
acreditará mediante Informe de Vida Laboral de la Seguridad Social: para el disfrute de
esta bonificación, será requisito que la persona solicitante carezca del derecho de
prestación por desempleo y/o rentas superiores, en cómputo mensual al Salario Mínimo
Interprofesional. Estas condiciones de acreditarán por medio de certificaciones emitidas
por la Administración competente en el momento de la solicitud.”
SEGUNDO. Publicar esta Resolución de modificación en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres y en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento, cuya dirección es:
https://malpartidadecaceres.sedelectronica.es/
TERCERO. Publicar el anuncio de la rectificación de las Bases reguladoras, en el Boletín
Oficial del Estado, siendo la fecha de este anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de
presentación de instancias.
Contra el presente acto que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo,
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, o, a su elección, el que
corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. Si se optara por interponer el recurso
de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que
aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello
CVE:
BOP-2024-5744
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 11 de noviembre de 2024
N.º 0218
Pág. 24093
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Servicios Sociales, y deberá encontrarse actualizado a fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes. Esta documentación deberá entregarse junto con la solicitud.”
Debe decir:
“Estará bonificada la cuota de la Tasa, en los siguientes casos:
Tendrán una reducción del 50% de la Tasa las personas con discapacidad igual o
superior al 33 por ciento, que se acreditará mediante original o copia auténtica del
certificado de discapacidad emitido por la Dirección General de Servicios Sociales, y
deberá encontrarse actualizado a fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes”
Tendrán una reducción del 50% de la Tasa, las personas que carezcan de ocupación
laboral durante, al menos 3 meses, a la fecha de la convocatoria. Esta circunstancia se
acreditará mediante Informe de Vida Laboral de la Seguridad Social: para el disfrute de
esta bonificación, será requisito que la persona solicitante carezca del derecho de
prestación por desempleo y/o rentas superiores, en cómputo mensual al Salario Mínimo
Interprofesional. Estas condiciones de acreditarán por medio de certificaciones emitidas
por la Administración competente en el momento de la solicitud.”
SEGUNDO. Publicar esta Resolución de modificación en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres y en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento, cuya dirección es:
https://malpartidadecaceres.sedelectronica.es/
TERCERO. Publicar el anuncio de la rectificación de las Bases reguladoras, en el Boletín
Oficial del Estado, siendo la fecha de este anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de
presentación de instancias.
Contra el presente acto que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo,
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, o, a su elección, el que
corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. Si se optara por interponer el recurso
de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que
aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello
CVE:
BOP-2024-5744
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 11 de noviembre de 2024
N.º 0218
Pág. 24093