Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera. (BOP-2024-5741)
BOP-2024-5741 Bases Reguladoras de la convocatoria del proceso de selección para la contratación laboral de un puesto de Monitor/a Deportivo/a.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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c) Declaración jurada o promesa de no padecer enfermedad o defecto físico que impida
el desempeño de las correspondientes funciones, debiendo poseer la capacidad
funcional necesaria para el desempeño normal del puesto de trabajo a ocupar.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las
que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o
inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en
situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. Los/as
aspirantes extranjeros/as deberán aportar, en su caso, la documentación acreditativa de
que concurren las circunstancias previstas en el artículo 57 TREBEP que les permiten
participar en las pruebas. La documentación en idioma distinto del español deberá
presentarse acompañada de su traducción jurada.
e) Experiencia laboral: Fotocopias de los contratos o certificados de empresa, además
se deberá acompañar el informe de Vida Laboral.
f) Formación Complementaria: Fotocopias de cursos.
g) Proyecto deportivo.
CUARTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución declarando
aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as. En dicha resolución, que se
publicará en la sede electrónica y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, se señalará un
plazo de dos días hábiles para subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de
aspirantes admitidos/as y excluidos/as, que se publicará en la sede electrónica y en el tablón
de anuncios del Ayuntamiento y se designará el día para la defensa del proyecto.
En caso de no existir subsanaciones se publicará la lista definitiva sin necesidad de que
transcurra dicho plazo.
CVE:
BOP-2024-5741
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 11 de noviembre de 2024
N.º 0218
Pág. 24083
el desempeño de las correspondientes funciones, debiendo poseer la capacidad
funcional necesaria para el desempeño normal del puesto de trabajo a ocupar.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las
que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o
inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en
situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. Los/as
aspirantes extranjeros/as deberán aportar, en su caso, la documentación acreditativa de
que concurren las circunstancias previstas en el artículo 57 TREBEP que les permiten
participar en las pruebas. La documentación en idioma distinto del español deberá
presentarse acompañada de su traducción jurada.
e) Experiencia laboral: Fotocopias de los contratos o certificados de empresa, además
se deberá acompañar el informe de Vida Laboral.
f) Formación Complementaria: Fotocopias de cursos.
g) Proyecto deportivo.
CUARTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución declarando
aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as. En dicha resolución, que se
publicará en la sede electrónica y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, se señalará un
plazo de dos días hábiles para subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de
aspirantes admitidos/as y excluidos/as, que se publicará en la sede electrónica y en el tablón
de anuncios del Ayuntamiento y se designará el día para la defensa del proyecto.
En caso de no existir subsanaciones se publicará la lista definitiva sin necesidad de que
transcurra dicho plazo.
CVE:
BOP-2024-5741
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