Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Campo Arañuelo. (BOP-2024-5694)
BOP-2024-5694 Bases y convocatoria para la provisión interina del puesto de Secretaría-Intervención.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
VII. Lista de aprobados y propuesta de nombramiento.
Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará público el nombre
del aspirante que haya superado las pruebas selectivas, y lo elevará
al Presidente/a de la Corporación para que remita a la Junta de
Extremadura propuesta de nombramiento interino a favor del mismo.
Todo ello, siempre que, según lo establecido en el artículo 53 del Real
Decreto 128/2018, de 16 de marzo, no fuese posible la provisión del
puesto en cuestión por los procedimientos previstos en los artículos
49, 50 y 51 del citado Real Decreto, circunstancia que deberá quedar
acreditada en el expediente.
VIII. Toma de posesión.
Una vez recibida en la Mancomunidad la resolución de nombramiento
interino otorgada por el órgano competente de la respectiva
Comunidad Autónoma, se requerirá al interesado para la toma de
posesión en el plazo legalmente establecido; si éste no compareciese
a la misma dentro del plazo decaerá en su derecho, realizándose una
nueva propuesta de nombramiento a favor del siguiente aspirante,
según el orden de puntuación obtenida, y siempre que haya superado
la fase de oposición.
IX. Indemnizaciones por asistencia.
Las indemnizaciones por asistencia como miembro del Tribunal se
efectuarán con arreglo a la categoría 1ª del Anexo IV del Real Decreto
462/2002, de 24 de mayo, sobre Indemnizaciones por razón del
Servicio, a efectos de devengo de asistencias, dietas e
indemnizaciones.
X. Impugnación de la convocatoria.
La presente convocatoria y actos administrativos que deriven de ella
y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados en los casos
y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
XI. Lista de Espera.
Una vez finalizada la calificación de los aspirantes, y a los efectos de
lo dispuesto en la Base VII, el Tribunal hará pública en el Tablón de
Anuncios del Ayuntamiento, así como en la página web de la
7
Cód.
Validación:
5DQTE634662XR5MQTPE7DY6RC
Verificación:
https://campoaranuelo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
7
de
13
CVE:
BOP-2024-5694
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 7 de noviembre de 2024
N.º 0216
Pág. 23918