Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-5669)
BOP-2024-5669 Convenio de colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia y la Asociación Rolling Custom Club Plasencia para colaborar en la financiación de las actividades que desarrolle la asociación durante el año 2024.
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SEGUNDA.- A tal efecto, el Ayuntamiento financiará con la cantidad de 5.000,00 euros para
ayudar en los gastos para el ejercicio 2024 de la ASOCIACION ROLLING CUSTOM CLUB DE
PLASENCIA, con cargo a la partida presupuestaria 0106 3343 48912 del presupuesto municipal
del 2024 denominada “Juventud Subvención Asoc. Rolling Custom”, el tanto por ciento del
presupuesto del proyecto a financiar por el beneficiario, bien por financiación propia o a
través de otras subvenciones será como mínimo del 25 %
TERCERA.- A la firma del Convenio la entidad recibirá el 100% de la subvención, de acuerdo
con lo establecido por el artículo 34.3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, que señala
que se podrán realizar pagos anticipados que supondrán entregas de fondos con carácter
previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones
inherentes a la subvención. Dicha posibilidad y el régimen de garantías deberán preverse
expresamente en la normativa reguladora de la subvención.
El pago de la subvención por parte del Ayuntamiento, se realizará en la forma descrita en el
párrafo anterior, sin que deban aportarse garantías por parte de la entidad beneficiaria, dado
el carácter no lucrativo de la asociación.
La no justificación del gasto dará lugar a la devolución de las cantidades satisfechas y no
justificadas.
CUARTA.- En la publicidad que se realice en los medios de comunicación, redes sociales,
páginas webs y diferentes plataformas publicitarias de las distintas actividades y eventos que
realicen la asociación, será preciso que aparezcan los elementos distintivos del Ayuntamiento
de Plasencia y de la concejalía de juventud.
QUINTA.- Se considerarán gastos subvencionables los destinados a la celebración de eventos
juveniles, culturales y de funcionamiento de las actividades relacionadas en la memoria anual y
en concreto los siguientes:
- Gastos fungibles necesarios para la ejecución de las distintas actividades y eventos.
- Gastos correspondientes al caché de los grupos que participen en eventos
musicales.
- Gastos de alquiler de equipos de sonido, de iluminación y de grupos electrógenos
para eventos.
- Gastos de seguridad en eventos, así como sanitarios.
- Gastos administrativos.
- Gastos relacionados con el mantenimiento de sedes.
- Gastos de seguros de responsabilidad.
- Gastos de publicidad, de promoción, flyers…
- Gastos alojamiento, catering, así como desplazamientos.
- Pulseras de acceso a eventos.
CVE:
BOP-2024-5669
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 6 de noviembre de 2024
N.º 0215
Pág. 23851
SEGUNDA.- A tal efecto, el Ayuntamiento financiará con la cantidad de 5.000,00 euros para
ayudar en los gastos para el ejercicio 2024 de la ASOCIACION ROLLING CUSTOM CLUB DE
PLASENCIA, con cargo a la partida presupuestaria 0106 3343 48912 del presupuesto municipal
del 2024 denominada “Juventud Subvención Asoc. Rolling Custom”, el tanto por ciento del
presupuesto del proyecto a financiar por el beneficiario, bien por financiación propia o a
través de otras subvenciones será como mínimo del 25 %
TERCERA.- A la firma del Convenio la entidad recibirá el 100% de la subvención, de acuerdo
con lo establecido por el artículo 34.3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, que señala
que se podrán realizar pagos anticipados que supondrán entregas de fondos con carácter
previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones
inherentes a la subvención. Dicha posibilidad y el régimen de garantías deberán preverse
expresamente en la normativa reguladora de la subvención.
El pago de la subvención por parte del Ayuntamiento, se realizará en la forma descrita en el
párrafo anterior, sin que deban aportarse garantías por parte de la entidad beneficiaria, dado
el carácter no lucrativo de la asociación.
La no justificación del gasto dará lugar a la devolución de las cantidades satisfechas y no
justificadas.
CUARTA.- En la publicidad que se realice en los medios de comunicación, redes sociales,
páginas webs y diferentes plataformas publicitarias de las distintas actividades y eventos que
realicen la asociación, será preciso que aparezcan los elementos distintivos del Ayuntamiento
de Plasencia y de la concejalía de juventud.
QUINTA.- Se considerarán gastos subvencionables los destinados a la celebración de eventos
juveniles, culturales y de funcionamiento de las actividades relacionadas en la memoria anual y
en concreto los siguientes:
- Gastos fungibles necesarios para la ejecución de las distintas actividades y eventos.
- Gastos correspondientes al caché de los grupos que participen en eventos
musicales.
- Gastos de alquiler de equipos de sonido, de iluminación y de grupos electrógenos
para eventos.
- Gastos de seguridad en eventos, así como sanitarios.
- Gastos administrativos.
- Gastos relacionados con el mantenimiento de sedes.
- Gastos de seguros de responsabilidad.
- Gastos de publicidad, de promoción, flyers…
- Gastos alojamiento, catering, así como desplazamientos.
- Pulseras de acceso a eventos.
CVE:
BOP-2024-5669
Verificable
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Miércoles, 6 de noviembre de 2024
N.º 0215
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