Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calzadilla. (BOP-2024-5660)
BOP-2024-5660 Aprobación inicial Ordenanza Fiscal Municipal que regula la Tasa de Licencias Urbanísticas.
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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CALZADILLA
Plaza de Extremadura, 1 10817 Calzadilla – Cáceres
e) Memoria indicativa de la finalidad y el uso de las obras proyectadas, con
acreditación, del aprovechamiento preexistente, justificando su realización lícita en
ejecución de la ordenación urbanística vigente.
f) La autorización o las autorizaciones concurrentes exigidas por la legislación
en cada caso aplicable, así como de la concesión o concesiones correspondientes
cuando el acto pretendido suponga la ocupación o utilización de dominio público del
que sea titular Administración distinta.
e) Cualquier otra documentación necesaria para la necesaria revisión
administrativa de la obra servicio o instalación.
Artículo 12º. Ingreso:
1. La Tasa se exigirá en régimen de autoliquidación, en el momento de
presentar la oportuna solicitud de licencia. Para ello se presentará por parte de los
sujetos pasivos una declaración-liquidación según el modelo determinado.
2. La Administración municipal podrá comprobar el coste real y efectivo de las
obras efectivamente realizadas, y a la vista del resultado de tal comprobación,
practicará la liquidación definitiva que proceda, con deducción de lo, en su caso,
ingresado en depósito previo.
Artículo 13º. Inspección y recaudación:
La inspección y recaudación se realizará de acuerdo con lo previsto en la Ley General
Tributaria y en las demás leyes del Estado reguladoras de la materia, así como las
disposiciones dictadas para su desarrollo.
Artículo 14º. Infracciones y sanciones:
En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como las sanciones
que a las mismas correspondan en cada caso, se estará a lo dispuesto en los artículos
183 y siguientes de la Ley General Tributaria y demás normativa aplicable. Estas
sanciones serán independientes de las que pudieran arbitrarse por infracciones
urbanísticas con arreglo a lo dispuesto en la Ley del Suelo y sus disposiciones
reglamentarias.
CVE:
BOP-2024-5660
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 6 de noviembre de 2024
N.º 0215
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