Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-5652)
BOP-2024-5652 Modificación del actual artículo 24.5 del Acuerdo Funcionarios/as.
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Sección I - Administración Local
Provincia
Diputación Provincial de Cáceres
CORRECCIÓN DE ERRORES. Modificación del actual artículo 24.5 del Acuerdo
Funcionarios/as.
Advertido error material en el ANUNCIO de fecha 22 de octubre, publicado en el Boletín oficial
de la provincia de Cáceres, del día 28 de octubre de 2024, de “Modificación del actual artículo
24.5 del Acuerdo por el que se regulan las relaciones entre los/as funcionarios/as de la Excma.
Diputación Provincial de Cáceres y la Corporación Provincial. Acuerdo de aprobación por el
Pleno en sesión ordinaria de 26 de septiembre de 2024, concretamente en el pie de recurso, se
procede a la rectificación, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 109 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, de forma que:
Donde dice: “A los efectos de lo dispuesto en el artículo 88.3º de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace
constar que el presente Acuerdo es definitivo en vía administrativa y frente al mismo cabe
interponer, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación,
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la
ciudad de Cáceres o, con carácter potestativo, en los términos comprendidos en el artículo 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, recurso de reposición ante el Pleno de la
Corporación, en el plazo de un mes a partir de su publicación; todo ello sin perjuicio de la
interposición de cualquier otro que se estime oportuno.”
Debe decir: “A los efectos de lo dispuesto en los artículos 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 10.b) y
46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
se hace constar que el presente acuerdo es definitivo en vía administrativa y frente al mismo
puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación en
el BOP de Cáceres.”
CVE:
BOP-2024-5652
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 6 de noviembre de 2024
N.º 0215
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