Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Trasierra Tierras de Granadilla. (BOP-2024-5585)
BOP-2024-5585 Bases convocatoria proceso selectivo mediante concurso-oposición de un Dinamizador/a Deportivo/a en la Mancomunidad Trasierra-Tierras de Granadilla.
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Mancomunidad Trasierra Tierras de Granadilla. ‐ Tlfno: 927 02 43 90
10.712 Poblado del Pantano de Gabriel y Galán (CÁCERES)
www.trasierratierrasdegranadilla.es
derecho a voto, titulares o suplentes, siendo siempre necesario la presencia del/la Presidente/a y del/la
Secretario/a.
Los/as miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso cuando en ellos/as se den
cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo, los/as interesados/as podrán promover recusación en los casos previstos en el artículo 24 del
mismo texto legal.
El Tribunal resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas y propuestas que
surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas Bases y estará facultado para resolver
cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de las pruebas, así como para adoptar las
medidas necesarias que garanticen el debido orden en las mismas en todo lo previsto en las Bases. Sus
acuerdos serán impugnables en los supuestos y en la forma establecida en la Ley de procedimiento
administrativo, citada.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
7.‐ PROCESO DE SELECCIÓN.
7.1 Fase de Oposición: Un máximo de 7 puntos.
Ejercicio tipo test: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 35 preguntas (más 5 de reserva
para supuestos errores, que también deberán contestar), cada una de las cuales dispondrá de 3
respuestas y siendo una de ellas la correcta, que versará sobre los temas relacionados en el anexo II.
Los/as aspirantes marcarán las contestaciones en la plantilla que facilite el tribunal. Cada respuesta
correcta tendrá un valor de 0,20 puntos, las erróneas de 0,10 y en blanco no se valorarán. El tiempo
máximo para esta fase será de 60 minutos.
Para superar esta fase deberá obtenerse una nota mínima mayor o igual a 3,5 puntos.
7.2 Fase de Concurso.
La puntuación en este apartado será la suma de los apartados de experiencia laboral y formación, con
un máximo de 3 puntos.
7.2.1.‐ Experiencia laboral. Por trabajos anteriores. Hasta un máximo de 1,5 punto.
7.2.1.1.‐ Por servicios de naturaleza deportiva de cualquier clase prestados en Administraciones
Públicas con objeto de dinamizar en la práctica de actividad física a la población, por cada mes
completo trabajado en jornada completa de al menos 35 horas semanales: 0,10 puntos. Hasta
un máximo de 1,5 punto.
7.2.1.2.‐ Por otros trabajos prestados como monitor o animador deportivo, o trabajos
Cód.
Validación:
A5XQQQPXSAAR42EEMXCWDHZFA
Verificación:
https://trasierratierrasdegranadilla.sedelectronica.es/
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firmado
electrónicamente
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plataforma
esPublico
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Jueves, 31 de octubre de 2024
N.º 0212
Pág. 23505
Mancomunidad Trasierra Tierras de Granadilla. ‐ Tlfno: 927 02 43 90
10.712 Poblado del Pantano de Gabriel y Galán (CÁCERES)
www.trasierratierrasdegranadilla.es
derecho a voto, titulares o suplentes, siendo siempre necesario la presencia del/la Presidente/a y del/la
Secretario/a.
Los/as miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso cuando en ellos/as se den
cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo, los/as interesados/as podrán promover recusación en los casos previstos en el artículo 24 del
mismo texto legal.
El Tribunal resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas y propuestas que
surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas Bases y estará facultado para resolver
cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de las pruebas, así como para adoptar las
medidas necesarias que garanticen el debido orden en las mismas en todo lo previsto en las Bases. Sus
acuerdos serán impugnables en los supuestos y en la forma establecida en la Ley de procedimiento
administrativo, citada.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
7.‐ PROCESO DE SELECCIÓN.
7.1 Fase de Oposición: Un máximo de 7 puntos.
Ejercicio tipo test: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 35 preguntas (más 5 de reserva
para supuestos errores, que también deberán contestar), cada una de las cuales dispondrá de 3
respuestas y siendo una de ellas la correcta, que versará sobre los temas relacionados en el anexo II.
Los/as aspirantes marcarán las contestaciones en la plantilla que facilite el tribunal. Cada respuesta
correcta tendrá un valor de 0,20 puntos, las erróneas de 0,10 y en blanco no se valorarán. El tiempo
máximo para esta fase será de 60 minutos.
Para superar esta fase deberá obtenerse una nota mínima mayor o igual a 3,5 puntos.
7.2 Fase de Concurso.
La puntuación en este apartado será la suma de los apartados de experiencia laboral y formación, con
un máximo de 3 puntos.
7.2.1.‐ Experiencia laboral. Por trabajos anteriores. Hasta un máximo de 1,5 punto.
7.2.1.1.‐ Por servicios de naturaleza deportiva de cualquier clase prestados en Administraciones
Públicas con objeto de dinamizar en la práctica de actividad física a la población, por cada mes
completo trabajado en jornada completa de al menos 35 horas semanales: 0,10 puntos. Hasta
un máximo de 1,5 punto.
7.2.1.2.‐ Por otros trabajos prestados como monitor o animador deportivo, o trabajos
Cód.
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Verificación:
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Pág. 23505