Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santiago de Alcántara. (BOP-2024-5528)
BOP-2024-5528 Bases y convocatoria en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, 1 plaza de Operario/a de Mantenimiento.
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SEGUNDA. – NORMATIVAAPLICABLE
1. El proceso selectivo se regirá por lo establecido en estas Bases y por lo dispuesto en las si-
guientes normas:
- Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público.
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
- Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local. -Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al
servicio de la Administración General del Estado, de aplicación supletoria a la
Administración Local.
- Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de
Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General
del Estado.
- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto
Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
- Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
- Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las
Administraciones Públicas.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
2. Las presentes Bases vincularán a la Administración, a los tribunales que han de valorar los
méritos y a quienes participen en el Concurso de méritos, y solo podrán ser modificadas
con sujeción estricta a las normas de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y
hombres por lo que se refiere al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución
Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto Legislativo
5/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los
Trabajadores y la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de
mujeres y hombres.
4. Se procurará, con carácter preferente la utilización de los medios informáticos y
telemáticos disponibles para agilizar las convocatorias, y se adoptarán medidas concretas
en orden a la reducción de cargas administrativas.
5. Se ha tenido en cuenta lo dispuesto en la Disposición adicional cuarta de la Ley 20/2021 de
28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
Público, en relación con las medidas de agilización de los procesos selectivos.
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Martes, 29 de octubre de 2024
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