Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ceclavín. (BOP-2024-5512)
BOP-2024-5512 Publicación del Convenio para la implantación del Tribunal Único en los procesos de selección para la cobertura de plazas en las plantillas de Policía Local de Extremadura y acuerdo de Pleno de Delegación.
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ANEXO A
COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE LAS CLÁUSULAS RELATIVAS A
SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
Primero.- Requisitos de seguridad de la información en los equipos informáticos.
La Consejería de Presidencia. Interior y Diálogo Social es la Responsable del tratamiento con las
funciones, derechos y obligaciones que le son propias (en adelante Responsable).
El Ayuntamiento de CECLAVÍN como firmante del convenio y en la medida que acceda a datos
de carácter personal que resulten necesarios para el cumplimiento del mismo, por cuenta del
responsable del tratamiento, asume las responsabilidad establecidas en el Reglamento (UE)
2016/679, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de derechos digitales, y en sus normas de desarrollo, en su condición de Encargado del
tratamiento (en adelante Encargado) (art. 28 del RGPD).
Los equipos informáticos utilizados por el personal del encargado, y que serán proporcionados
por ésta para el cumplimiento del objeto del convenio, deben estar actualizados y optimizados a
las actividades del perfil correspondiente para la satisfacción del citado convenio.
Estos equipos informáticos estarán sometidos a las políticas y normativas establecidas en la Junta
de Extremadura, por parte de la Secretaria General de Transformación Digital y Ciberseguridad
y la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, según corresponda.
Las licencias de software necesarias para la realización del convenio, serán propiedad del
encargado, no permitiéndose la instalación de licencias nominales, propiedad de la Junta de
Extremadura, en los equipos propiedad del encargado del tratamiento.
Por tanto, deben cumplirse las siguientes condiciones en los equipos informáticos aportados por
el encargado del tratamiento.
▪ Sistema operativo: El Sistema Operativo tiene que estar licenciado y actualizado con los
parches de seguridad. El sistema operativo será el necesario para poder realizar los
trabajos que constituyen el objeto del convenio.
▪ Sistema de protección antivirus: el encargado debe proporcionar su propio software
antivirus y debe mantenerse actualizado.
▪ Soporte y actualización de los equipos informáticos: será llevado a cabo por parte del
encargado.
Cuando los equipos informáticos estén conectados a la red corporativa de la Junta de
Extremadura:
▪ Dichos equipos contarán con las mismas medidas de seguridad establecidas para el resto
de los equipos de la Junta de Extremadura.
▪ Los equipos serán inventariados en el inventario de la Junta de Extremadura.
▪ Los usuarios no tendrán permisos de administrador en dichos equipos, salvo
CVE:
BOP-2024-5512
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 29 de octubre de 2024
N.º 0210
Pág. 23135
COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE LAS CLÁUSULAS RELATIVAS A
SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
Primero.- Requisitos de seguridad de la información en los equipos informáticos.
La Consejería de Presidencia. Interior y Diálogo Social es la Responsable del tratamiento con las
funciones, derechos y obligaciones que le son propias (en adelante Responsable).
El Ayuntamiento de CECLAVÍN como firmante del convenio y en la medida que acceda a datos
de carácter personal que resulten necesarios para el cumplimiento del mismo, por cuenta del
responsable del tratamiento, asume las responsabilidad establecidas en el Reglamento (UE)
2016/679, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de derechos digitales, y en sus normas de desarrollo, en su condición de Encargado del
tratamiento (en adelante Encargado) (art. 28 del RGPD).
Los equipos informáticos utilizados por el personal del encargado, y que serán proporcionados
por ésta para el cumplimiento del objeto del convenio, deben estar actualizados y optimizados a
las actividades del perfil correspondiente para la satisfacción del citado convenio.
Estos equipos informáticos estarán sometidos a las políticas y normativas establecidas en la Junta
de Extremadura, por parte de la Secretaria General de Transformación Digital y Ciberseguridad
y la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, según corresponda.
Las licencias de software necesarias para la realización del convenio, serán propiedad del
encargado, no permitiéndose la instalación de licencias nominales, propiedad de la Junta de
Extremadura, en los equipos propiedad del encargado del tratamiento.
Por tanto, deben cumplirse las siguientes condiciones en los equipos informáticos aportados por
el encargado del tratamiento.
▪ Sistema operativo: El Sistema Operativo tiene que estar licenciado y actualizado con los
parches de seguridad. El sistema operativo será el necesario para poder realizar los
trabajos que constituyen el objeto del convenio.
▪ Sistema de protección antivirus: el encargado debe proporcionar su propio software
antivirus y debe mantenerse actualizado.
▪ Soporte y actualización de los equipos informáticos: será llevado a cabo por parte del
encargado.
Cuando los equipos informáticos estén conectados a la red corporativa de la Junta de
Extremadura:
▪ Dichos equipos contarán con las mismas medidas de seguridad establecidas para el resto
de los equipos de la Junta de Extremadura.
▪ Los equipos serán inventariados en el inventario de la Junta de Extremadura.
▪ Los usuarios no tendrán permisos de administrador en dichos equipos, salvo
CVE:
BOP-2024-5512
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 29 de octubre de 2024
N.º 0210
Pág. 23135