Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2024-5460)
BOP-2024-5460 EXTRACTO Convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de premios concurso de relatos para promover la Cultura de Defensa 2024.
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para el buen funcionamiento del concurso.
La participación en el concurso implica la aceptación de estas Bases en su totalidad y la
sumisión al criterio interpretativo del Ayuntamiento Alcuéscar en cuanto a la resolución de
cualquier cuestión derivada del presente concurso.
El Ayuntamiento de Alcuéscar se reserva el derecho a descalificar a los participantes que
incumplan las presentes bases y, especialmente, cualquier participación que vaya en contra de
las mismas.
Con la aceptación de estas Bases los participantes comprenden los términos y condiciones de
las mismas y se comprometen a cumplir con la normativa vigente que pueda resultar de
aplicación a este respecto, de modo que, por el simple hecho de participar en el Concurso,
están prestando su consentimiento a someterse a las Bases y a la legalidad de forma total e
irrevocable. La manifestación en contrario del participante, independientemente de en qué
momento se realice, implicará su autoexclusión del Concurso y la liberación del Ayuntamiento
de Alcuéscar de cualquier compromiso adquirido con el participante.
8. Propuesta de resolución provisional, resolución definitiva, plazos y notificación.
De conformidad con el Artículo 7 de la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones del
Ayuntamiento de Alcuéscar:
Instrucción del procedimiento:
El órgano instructor se designará en la convocatoria.
Si la subvención es en materia de deportes, se nombrará al Concejal de Deportes; si es en
materia de finalidades culturales, al Concejal de Cultura; si es en materia sanitaria, al Concejal
de Sanidad, etc.
Las actividades de instrucción comprenderán las siguientes actividades:
- Petición de cuantos informes se considere necesario para resolver o que sean exigidos
por las normas que regulan la subvención.
- Evaluación de las solicitudes o peticiones, efectuada conforme con los criterios, formas
y prioridades de valoración establecidos en la norma reguladora de la subvención o en
su caso en la convocatoria.
[Se podrá contemplar la posibilidad de establecer una fase de pre-evaluación en la que se
CVE:
BOP-2024-5460
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 25 de octubre de 2024
N.º 0208
Pág. 22996
La participación en el concurso implica la aceptación de estas Bases en su totalidad y la
sumisión al criterio interpretativo del Ayuntamiento Alcuéscar en cuanto a la resolución de
cualquier cuestión derivada del presente concurso.
El Ayuntamiento de Alcuéscar se reserva el derecho a descalificar a los participantes que
incumplan las presentes bases y, especialmente, cualquier participación que vaya en contra de
las mismas.
Con la aceptación de estas Bases los participantes comprenden los términos y condiciones de
las mismas y se comprometen a cumplir con la normativa vigente que pueda resultar de
aplicación a este respecto, de modo que, por el simple hecho de participar en el Concurso,
están prestando su consentimiento a someterse a las Bases y a la legalidad de forma total e
irrevocable. La manifestación en contrario del participante, independientemente de en qué
momento se realice, implicará su autoexclusión del Concurso y la liberación del Ayuntamiento
de Alcuéscar de cualquier compromiso adquirido con el participante.
8. Propuesta de resolución provisional, resolución definitiva, plazos y notificación.
De conformidad con el Artículo 7 de la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones del
Ayuntamiento de Alcuéscar:
Instrucción del procedimiento:
El órgano instructor se designará en la convocatoria.
Si la subvención es en materia de deportes, se nombrará al Concejal de Deportes; si es en
materia de finalidades culturales, al Concejal de Cultura; si es en materia sanitaria, al Concejal
de Sanidad, etc.
Las actividades de instrucción comprenderán las siguientes actividades:
- Petición de cuantos informes se considere necesario para resolver o que sean exigidos
por las normas que regulan la subvención.
- Evaluación de las solicitudes o peticiones, efectuada conforme con los criterios, formas
y prioridades de valoración establecidos en la norma reguladora de la subvención o en
su caso en la convocatoria.
[Se podrá contemplar la posibilidad de establecer una fase de pre-evaluación en la que se
CVE:
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Verificable
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