Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrecillas de la Tiesa. (BOP-2024-5430)
BOP-2024-5430 Oposición Provisión Interina puesto Secretaría - Intervención.
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Ayuntamiento Torrecillas de la Tiesa
Ayuntamiento Torrecillas de la Tiesa
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927338025. Fax: 927338193
profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de
Derecho Comunitario.
2.2. Los requisitos establecidos en esta base deberán poseerse en el momento de
finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso
selectivo hasta el momento de la toma de posesión como funcionario interino.
3. Tribunal de Selección.
3.1. El Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros, todos ellos con titulación
igual o superior a la de la plaza convocada y serán funcionarios de carrera de las
respectivas Administraciones Públicas:
- Presidencia: un funcionario de la subescala de Secretaría-Intervención, subgrupo A1,
designado a propuesta de la Alcaldía-Presidencia
- Vocalías:
Un funcionario de carrera de la escala de habilitación nacional, subescala de Secretaría-
Intervención, designado a propuesta del Colegio de Secretarios, Interventores y
Tesoreros de la provincia de Cáceres.
Un funcionario de carrera perteneciente al grupo de titulación correspondiente al puesto,
designado por la Dirección General de Administración Local de la Junta de Extremadura,
en representación de la misma.
Un funcionario de carrera de la subescala de Secretaría-Intervención de la Diputación de
Cáceres designado por la misma.
- Secretaría: Un funcionario de carrera perteneciente al grupo de titulación
correspondiente al puesto, nombrado por la Alcaldía.
3.2. El Tribunal estará compuesto por los titulares y los respectivos suplentes que
simultáneamente habrán de designarse.
3.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar válidamente sin la asistencia de más de la
mitad de sus miembros titulares o suplentes, indistintamente, siendo necesaria la
presencia de la Presidencia y de la Secretaría
3.4. Las decisiones se adoptarán por mayoría.
3.5. La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será conforme con los
artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, con notificación a la autoridad convocante.
3.6. El Tribunal quedará facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y
adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden de la oposición,
en aquellos aspectos no previstos en estas bases.
Cód.
Validación:
4495HYMRR6P9RJSWYA2H5XQ23
Verificación:
https://torrecillasdelatiesa.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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BOP-2024-5430
Verificable
en:
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Miércoles, 23 de octubre de 2024
N.º 0206
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