Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2024-5413)
BOP-2024-5413 Bases que han de regir la Convocatoria y el Proceso Selectivo mediante concurso - oposición para la cobertura temporal de 1 Plaza de Trabajador/a Social.
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SEGUNDA. Modalidad del Contrato.
La modalidad del contrato es la de sustitución, regulada en el artículo 15 del Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores.
El carácter del contrato es temporal y en régimen de dedicación a tiempo completo.
La jornada de trabajo será de 35 horas semanales, el horario será de 08:00h a 15:00h de lunes
a viernes.
TERCERA. Condiciones de Admisión de Aspirantes.
De conformidad con el artículo 89 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura, en concordancia con el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
para poder participar en los procesos selectivos será necesario:
- Tener la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión
Europea, o nacionalidad de algún Estado en el que en virtud de los Tratados
internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores.
- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
- Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa, salvo
que por ley se establezca otra edad máxima para el acceso al empleo público.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de
las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el
ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la
convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido disciplinariamente de
conformidad con lo previsto en el artículo 96.1.b) del Texto Refundido del Estatuto
Básico del Empleado Público. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público.
- Poseer la titulación exigida o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de
CVE:
BOP-2024-5413
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 22 de octubre de 2024
N.º 0205
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