Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herguijuela. (BOP-2024-5402)
BOP-2024-5402 Padrón Fiscal Agua. Primer Bimestre 2024.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Herguijuela
EDICTO. Padrón Fiscal Agua. Primer Bimestre 2024.
Visto el contenido del padrón fiscal - listas cobratorias correspondientes a los tributos locales
Primer Bimestre de 2024 AGUA, BASURA, ALCANTARILLADO y canon de la Junta de
Extremadura elaborado por el servicio de recaudación de este Ayuntamiento, unido al
expediente de su razón.
RESULTANDO. Que no contienen errores aritméticos que enmendar.
CONSIDERANDO. Que, las tarifas se ajustan a la respectiva Ordenanza Municipal de
aplicación y acuerdo plenario de fijación, actualmente en vigor.
HE RESUELTO
ÚNICO. Aprobar la liquidación correspondiente del Padrón Fiscal de la Tasa de agua.
Alcantarillado, basura y canon de la Junta de Extremadura correspondientes al Primer Bimestre
del ejercicio 2024 que se une al expediente de su razón.
Las personas interesadas podrán examinar las listas cobratorias en la Secretaría de este
Ayuntamiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes.
Contra dichas liquidaciones podrá formularse, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente al de la publicación de este Edicto, recurso de reposición previo al Contencioso
Administrativo, tal y como dispone el art. 108 de la Ley 7/185, de 2 de abril, reguladora de las
Bases del Régimen Local, en relación con el art. 14.2 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales.
Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición podrá interponer recurso
contencioso-administrativo, antes los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la
Provincia de Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la recepción
de la notificación de la desestimación cuando ésta sea expresa o en el plazo de seis meses
desde el día siguiente en que el referido recurso de reposición se entienda desestimado de
CVE:
BOP-2024-5402
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 22 de octubre de 2024
N.º 0205
Pág. 22753