Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Tiétar. (BOP-2024-5336)
BOP-2024-5336 Bases para la provisión de una plaza de Administrativo/a, turno de promoción interna, mediante concurso-oposición, que sustituyen íntegramente a las bases publicadas en el BOP de Cáceres el 29 de julio de 2024.
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relación de personas aprobadas por orden de puntuación en la sede electrónica de este
Ayuntamiento http://tietar.sedelectronica.es, así como en el tablón de anuncios, precisándose
que el número de personas aprobadas no podrá rebasar el número de plazas vacantes
convocadas. Dicha relación se elevará a la Presidencia de la Corporación, que la publicará,
una vez realizado el nombramiento, en el Boletín Oficial de la Provincia. El/a aspirante
propuesto/a acreditará ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles desde
que se publican en el Boletín Oficial de la Provincia, las condiciones de capacidad y requisitos
exigidos en la convocatoria.
Quien, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la
documentación o de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no
podrá ser nombrado/a, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
La resolución de nombramiento será adoptada por la Alcaldía a favor de los/as aspirantes
propuestos por el Tribunal, quienes deberán tomar posesión dentro del plazo que se
establezca, de acuerdo con el artículo 80 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública
de Extremadura.
El nombramiento mencionado se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia. Una vez
publicado el nombramiento de funcionario, éste deberá tomar posesión o incorporarse en el
plazo de un mes.
6.6. Las presentes pruebas selectivas se regirán por las Bases de las mismas, así como por el
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre -TREBEP-, la Ley 7/1985, de 2 de abril, de
Bases de Régimen local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril por el que se
aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local,
la Ley 30/1984 de medidas para la reforma de la función pública, el Real Decreto 896/1994, de
7 de junio por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe
ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
SÉPTIMA. Recursos.
Contra el acuerdo de aprobación de las presentes bases, que agota la vía administrativa, cabe
interponer recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes, o bien
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Cáceres en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir de la publicación de
aquellas.
CVE:
BOP-2024-5336
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 17 de octubre de 2024
N.º 0202
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