Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santa Cruz de Paniagua. (BOP-2024-5335)
BOP-2024-5335 Bases convocatoria provisión plaza Peón Servicios Múltiples.
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CUARTA. Admisión de aspirantes.
4.1. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten y
justifiquen en sus solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base
segunda, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
4.2. Terminado el plazo de presentación de instancias se publicará la lista provisional de
admitidos/as y excluidos/as en el plazo máximo de dos meses. Este plazo podrá ser prorrogado
por una sola vez, por causas justificadas y previa resolución motivada.
La lista provisional será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón
Electrónico de Anuncios y contendrá la relación nominal de aspirantes admitidos/as y
excluidos/as indicación de las causas de inadmisión y del plazo de subsanación de defectos de
diez días que se conceden a los/as aspirantes excluidos/as. Quienes dentro del plazo señalado
no subsanen los defectos justificando su derecho serán definitivamente excluidos del proceso
selectivo.
4.3. Una vez finalizado el plazo de subsanación de la solicitud, se publicará en el B.O.P. de
Cáceres, en las direcciones indicadas en la base novena, una resolución elevando a definitiva
la lista provisional de aspirantes, incluyendo a los/as excluidos/as que hayan subsanado
errores u omisiones. En dicha resolución se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del
primer ejercicio de la fase de oposición.
4.4. Las relaciones de aspirantes, tanto admitidos como excluidos, se ordenarán
alfabéticamente atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real Academia
Española.
QUINTA. Tribunales de selección.
5.1. Los Tribunales calificadores encargados de la selección tendrá la categoría establecida en
el art. 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estarán constituidos en la forma que se
determina en los artículos 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, y 97 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función
Pública de Extremadura, quedando formados por los titulares que a continuación se indican y
sus correspondientes suplentes:
Un presidente, tres vocales y un secretario
Por Resolución Presidencial se concretará las personas integrantes del Tribunal.
CVE:
BOP-2024-5335
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 17 de octubre de 2024
N.º 0202
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