Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-5331)
BOP-2024-5331 Bases Reguladoras y Convocatoria para la concesión de Subvenciones para temporada/eventos y actividades a desarrollar por Asociaciones y Entidades Deportivas así como Deportistas de Disciplinas Individuales 2024.
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su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla.
La resolución de concesión de la ayuda conllevará el compromiso del gasto correspondiente.
La resolución del procedimiento pondrá fin a la vía administrativa.
Se entenderá aceptada la subvención concedida transcurrido el plazo de 10 días naturales
contados desde la publicación de la resolución de concesión sin que el beneficiario manifieste
expresamente lo contrario. Empezará el plazo de justificación para la entidad deportiva una vez
se conceda.
Los actos administrativos que se dicen en relación con esta convocatoria, serán objeto de
publicación en el tablón de anuncios de la Corporación, notificándose directamente a los
interesados en la forma establecida en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El abono de la subvención por parte del Ayuntamiento, se realizará mediante la modalidad de
pago del 100 % del importe de la subvención concedida.
SÉPTIMA. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE SOLICITUDES.
La cuantía de las subvenciones que se otorguen para financiar las actividades de las
asociaciones o entidades deportivas se determinará atendiendo a los criterios contenidos en
los 2 tipos de ayudas, que a continuación se especifican, las cuales son compatibles entre sí
para todos los beneficiarios, incluyéndose los siguientes criterios, con la ponderación que se
detalla a continuación:
1. CRITERIOS DE PUNTUACIÓN/VALORACIÓN TEMPORADA O ACTIVIDAD/EVENTO
DEPORTIVO CORRESPONDIENTES AL AÑO NATURAL 2024.
PARA AYUDA A TEMPORADA: Se valorarán y puntuarán las solicitudes de las entidades
deportivas en función de los siguientes criterios, hasta una puntuación máxima de 800 puntos.
A) Por licencias federativas, 1 punto por cada 5 licencias (máximo 30 puntos).
B) Clubes/asociaciones con escuelas para menores 30 puntos. Clubes/asociaciones con
formación con adultos 15 puntos. Aquellos clubes/asociaciones que trabajen o tengan
proyectos con escuelas adaptadas o grupos con diversidad funcional sumarán además
25 puntos.
C) Por la categoría de la competición o ámbito de actividad, local 10 puntos, regional 20
puntos, nacional 30 puntos.
CVE:
BOP-2024-5331
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 17 de octubre de 2024
N.º 0202
Pág. 22513
La resolución de concesión de la ayuda conllevará el compromiso del gasto correspondiente.
La resolución del procedimiento pondrá fin a la vía administrativa.
Se entenderá aceptada la subvención concedida transcurrido el plazo de 10 días naturales
contados desde la publicación de la resolución de concesión sin que el beneficiario manifieste
expresamente lo contrario. Empezará el plazo de justificación para la entidad deportiva una vez
se conceda.
Los actos administrativos que se dicen en relación con esta convocatoria, serán objeto de
publicación en el tablón de anuncios de la Corporación, notificándose directamente a los
interesados en la forma establecida en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El abono de la subvención por parte del Ayuntamiento, se realizará mediante la modalidad de
pago del 100 % del importe de la subvención concedida.
SÉPTIMA. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE SOLICITUDES.
La cuantía de las subvenciones que se otorguen para financiar las actividades de las
asociaciones o entidades deportivas se determinará atendiendo a los criterios contenidos en
los 2 tipos de ayudas, que a continuación se especifican, las cuales son compatibles entre sí
para todos los beneficiarios, incluyéndose los siguientes criterios, con la ponderación que se
detalla a continuación:
1. CRITERIOS DE PUNTUACIÓN/VALORACIÓN TEMPORADA O ACTIVIDAD/EVENTO
DEPORTIVO CORRESPONDIENTES AL AÑO NATURAL 2024.
PARA AYUDA A TEMPORADA: Se valorarán y puntuarán las solicitudes de las entidades
deportivas en función de los siguientes criterios, hasta una puntuación máxima de 800 puntos.
A) Por licencias federativas, 1 punto por cada 5 licencias (máximo 30 puntos).
B) Clubes/asociaciones con escuelas para menores 30 puntos. Clubes/asociaciones con
formación con adultos 15 puntos. Aquellos clubes/asociaciones que trabajen o tengan
proyectos con escuelas adaptadas o grupos con diversidad funcional sumarán además
25 puntos.
C) Por la categoría de la competición o ámbito de actividad, local 10 puntos, regional 20
puntos, nacional 30 puntos.
CVE:
BOP-2024-5331
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 17 de octubre de 2024
N.º 0202
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