Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Saucedilla. (BOP-2024-5310)
BOP-2024-5310 Bases de la convocatoria para la cobertura en propiedad de una plaza de Oficial de 1ª Construcción - Encargado/a del proceso excepcional de estabilización de empleo temporal, mediante concurso de méritos.
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exclusión de éstos. Si no existiesen reclamaciones, la lista provisional se considerará aprobada
definitivamente sin necesidad de nueva publicación.
4.ª.2. Subsanación de instancias y reclamaciones: Si alguna instancia adoleciese de algún
defecto se requerirá a la persona interesada para que, en el plazo de diez días hábiles,
contados a partir de la publicación de la resolución en el BOP, subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos, con apercibimiento de que, de no hacerlo así, se archivará su
instancia sin más trámite y será excluida de la lista de aspirantes admitidas. Se concederá
idéntico plazo al anterior a efectos de reclamaciones, que, de haberlas, serán aceptadas o
rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública y
expuesta, asimismo, en la forma indicada anteriormente.
4.ª.3. Lista definitiva de personas admitidas: Finalizado este plazo, se publicará en el Boletín
Oficial de la Provincia resolución elevando a definitiva la lista provisional de personas
aspirantes admitidos y excluidos, a través de la que se entenderán contestadas las
subsanaciones o reclamaciones de haberlas. El hecho de figurar en la lista de admitidos, no
prejuzga que se les reconozca a las personas interesadas la posesión de los requisitos
exigidos en el procedimiento. Cuando de la documentación que debe presentarse, tras la
superación del proceso selectivo, se desprenda que no posee alguno de los requisitos, las
personasinteresadas decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su
participación en esteprocedimiento.
Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra aquellas otras que
resuelvan la subsanación de defectos u omisión de inclusión, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo conforme a la Ley reguladora de dicha jurisdicción.
Quinta. Tribunal Calificador.
5.ª.1. Composición del Tribunal: Estará integrado por cinco miembros, constará de una
presidencia, una secretaría y tres vocalías, con sus respectivas suplencias, tendiéndose a la
paridad entre mujer y hombre observándose, en cualquier caso, el mínimo del 40% de
representación de cada sexo. No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la
mitad de sus miembros titulares o suplentes indistintamente, siendo siempre necesaria la
presencia de la Presidencia y la Secretaría. Su composición será predominantemente técnica,
sus componentes deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el
ingreso en la categoría profesional de que se trate y deberán pertenecer a un grupo de
clasificación igual o superior al de las plazas convocadas. Todos sus integrantes habrán de ser
personal funcionario de carrera y, en todo caso, al menos uno de sus miembros deberá
pertenecer a una administración pública distinta. Junto con la resolución, que se publicará en el
CVE:
BOP-2024-5310
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 16 de octubre de 2024
N.º 0201
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definitivamente sin necesidad de nueva publicación.
4.ª.2. Subsanación de instancias y reclamaciones: Si alguna instancia adoleciese de algún
defecto se requerirá a la persona interesada para que, en el plazo de diez días hábiles,
contados a partir de la publicación de la resolución en el BOP, subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos, con apercibimiento de que, de no hacerlo así, se archivará su
instancia sin más trámite y será excluida de la lista de aspirantes admitidas. Se concederá
idéntico plazo al anterior a efectos de reclamaciones, que, de haberlas, serán aceptadas o
rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública y
expuesta, asimismo, en la forma indicada anteriormente.
4.ª.3. Lista definitiva de personas admitidas: Finalizado este plazo, se publicará en el Boletín
Oficial de la Provincia resolución elevando a definitiva la lista provisional de personas
aspirantes admitidos y excluidos, a través de la que se entenderán contestadas las
subsanaciones o reclamaciones de haberlas. El hecho de figurar en la lista de admitidos, no
prejuzga que se les reconozca a las personas interesadas la posesión de los requisitos
exigidos en el procedimiento. Cuando de la documentación que debe presentarse, tras la
superación del proceso selectivo, se desprenda que no posee alguno de los requisitos, las
personasinteresadas decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su
participación en esteprocedimiento.
Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra aquellas otras que
resuelvan la subsanación de defectos u omisión de inclusión, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo conforme a la Ley reguladora de dicha jurisdicción.
Quinta. Tribunal Calificador.
5.ª.1. Composición del Tribunal: Estará integrado por cinco miembros, constará de una
presidencia, una secretaría y tres vocalías, con sus respectivas suplencias, tendiéndose a la
paridad entre mujer y hombre observándose, en cualquier caso, el mínimo del 40% de
representación de cada sexo. No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la
mitad de sus miembros titulares o suplentes indistintamente, siendo siempre necesaria la
presencia de la Presidencia y la Secretaría. Su composición será predominantemente técnica,
sus componentes deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el
ingreso en la categoría profesional de que se trate y deberán pertenecer a un grupo de
clasificación igual o superior al de las plazas convocadas. Todos sus integrantes habrán de ser
personal funcionario de carrera y, en todo caso, al menos uno de sus miembros deberá
pertenecer a una administración pública distinta. Junto con la resolución, que se publicará en el
CVE:
BOP-2024-5310
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 16 de octubre de 2024
N.º 0201
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