Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Saucedilla. (BOP-2024-5306)
BOP-2024-5306 Bases de la convocatoria para la cobertura en propiedad de cuatro plazas de Auxiliar Administrativo/a del proceso excepcional de estabilización de empleo temporal, mediante concurso de méritos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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sindicales, colegios profesionales o institución pública de carácter reconocido. También
se considerarán los recibidos o impartidos en el marco de la formación ocupacional,
siempre que estén acreditados por cualquier Servicio Público de Empleo o entidad
homologada por cualquier Administración Pública a nivel nacional y estén orientados al
desempeño de funciones en el cuerpo o escala o en la categoría profesional a la que se
desea acceder.Por cada 10 horas de formación (que se consideran un crédito) se
otorgarán 0,20 puntos, hasta un máximo de 2 puntos. En todos los casos se valorarán
una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido su
participación y se valorará únicamente el de mayor duración. Cuando la duración de las
actividades formativas venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por día,
de acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los
días concretos de celebración del curso.
La formación recibida se justificará con el correspondiente certificado o diploma, en el que
conste la firma del Secretario, Gerente o Coordinador y el visto bueno del responsable de la
entidad que lo imparte con mención expresa al contenido y duración del mismo expresada en
horas o días.
La formación impartida se justificará con el certificado del Secretario de la Administración,
entidad u organismo con el visto bueno de su Presidente, debiendo constar el contenido del
curso y su duración expresada en horas.
No considerándose aquellos que se hayan impartido en el seno de una prestación de servicios
que se haya puntuado en el apartado de experiencia profesional.
El Órgano de Selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante cualquier
documentación complementaria.
Octava. Calificación del proceso selectivo.
La calificación definitiva vendrá dada por la suma de todos los puntos obtenidos por aplicación
de lo previsto en la base séptima.
Concluida la valoración de los méritos, el Tribunal publicará las puntuaciones totales otorgadas
a los aspirantes, desglosada por cada uno de los apartados, disponiendo las personas
interesadas de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la
publicación del anuncio, para efectuar reclamaciones ante el Tribunal.
Resueltas las reclamaciones, o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido
presentadas, el tribunal hará públicas en la página web de Empleo Público la puntuación total
CVE:
BOP-2024-5306
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 16 de octubre de 2024
N.º 0201
Pág. 22382
se considerarán los recibidos o impartidos en el marco de la formación ocupacional,
siempre que estén acreditados por cualquier Servicio Público de Empleo o entidad
homologada por cualquier Administración Pública a nivel nacional y estén orientados al
desempeño de funciones en el cuerpo o escala o en la categoría profesional a la que se
desea acceder.Por cada 10 horas de formación (que se consideran un crédito) se
otorgarán 0,20 puntos, hasta un máximo de 2 puntos. En todos los casos se valorarán
una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido su
participación y se valorará únicamente el de mayor duración. Cuando la duración de las
actividades formativas venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por día,
de acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los
días concretos de celebración del curso.
La formación recibida se justificará con el correspondiente certificado o diploma, en el que
conste la firma del Secretario, Gerente o Coordinador y el visto bueno del responsable de la
entidad que lo imparte con mención expresa al contenido y duración del mismo expresada en
horas o días.
La formación impartida se justificará con el certificado del Secretario de la Administración,
entidad u organismo con el visto bueno de su Presidente, debiendo constar el contenido del
curso y su duración expresada en horas.
No considerándose aquellos que se hayan impartido en el seno de una prestación de servicios
que se haya puntuado en el apartado de experiencia profesional.
El Órgano de Selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante cualquier
documentación complementaria.
Octava. Calificación del proceso selectivo.
La calificación definitiva vendrá dada por la suma de todos los puntos obtenidos por aplicación
de lo previsto en la base séptima.
Concluida la valoración de los méritos, el Tribunal publicará las puntuaciones totales otorgadas
a los aspirantes, desglosada por cada uno de los apartados, disponiendo las personas
interesadas de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la
publicación del anuncio, para efectuar reclamaciones ante el Tribunal.
Resueltas las reclamaciones, o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido
presentadas, el tribunal hará públicas en la página web de Empleo Público la puntuación total
CVE:
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