Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zorita. (BOP-2024-5238)
BOP-2024-5238 Bases para la selección de Trabajador/a Social y constitución bolsa de empleo.
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BASES PARA LA SELECCIÓN DE TRABAJADOR SOCIAL
(Personal Laboral)
La Administración Pública verificará la identidad de los interesados en el procedimiento administrativo,
mediante la comprobación de su nombre y apellidos o denominación o razón social, según
corresponda, que consten en el Documento Nacional de Identidad o documento identificativo
equivalente.
Los interesados podrán identificarse electrónicamente ante las Administraciones Públicas a través de
los sistemas establecidos conforme al artículo 9.2 de la Ley 39/2015.
Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer
recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse
la representación, de conformidad con lo indicado en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común.
DATOS A EFECTOS DE NOTIFICACIONES
Medio de Notificación
Notificación electrónica
Notificación postal
Dirección
Código Postal Municipio Provincia
Teléfono Móvil Fax Correo electrónico
OBJETO DE LA SOLICITUD
EXPONE
Que, vista la convocatoria anunciada, en relación con la convocatoria para la selección de una plaza
de trabajador social, conforme a las bases publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia/sede
electrónica del ayuntamiento/tablón de anuncios] número _____, de fecha _________.
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
 Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
 Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o
Ayuntamiento de Zorita Pág. 12 de 23
Cód.
Validación:
3EZJX3YTYXXTSN2M7YEMZDTEJ
Verificación:
https://zorita.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
12
de
23
CVE:
BOP-2024-5238
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de octubre de 2024
N.º 0198
Pág. 22043