Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2024-5217)
BOP-2024-5217 Modificación de Relación de Puestos de Trabajo.
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1. Creación de siete plaza de Auxiliar de Ayuda a Domicilio, nº expediente RPT 27, 28, 29, 30, 31, 49 y 50.
a. Justificación: se cree necesaria la creación de la plaza de Auxiliar de Ayuda a Domicilio para poder cumplir con la
orden O.E.P. EXTRAORDINARIA (DOE nº69, de 08-04-2022), para la Estabilización de Empleo Temporal, por
aplicación del Art. 2.1 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la reducción de la
Temporalidad en el Empleo Público.
b. Propuesta de modificación: se considera necesario, la creación de las plazas de Auxiliares de Ayuda a Domicilio.
c. Titulación exigible: Graduado Escolar o equivalente.
d. Cuadro de características:
Denominación: Auxiliares de Ayuda a Domicilio.
Nº de plazas: 7.
Funciones:
Prestaciones de Carácter Doméstico:
Mantenimiento de limpieza o ayuda a la limpieza de la vivienda, salvo casos específicos de necesidad que sean
determinados por el técnico responsable.
Preparación de alimentos en el hogar, o traslado de los mismos al domicilio.
Lavado a máquina, planchado, repaso y organización de la ropa dentro del hogar.
Apilación de las ropas sucias y traslado, en su caso, para su posterior recogida por el servicio de lavandería (si lo hubiere).
Adquisición de alimentos y otras compras de artículos de primera necesidad por cuenta de la persona usuaria.
Tareas de mantenimiento básico habitual de utensilios domésticos y de uso personal, que no requieran el servicio de un especialista
(cambio de bombillas, cambio de bolsas de aspiradora, sustitución de pilas,...).
Prestaciones de Carácter Personal:
El aseo e higiene personal, habitual o especial, arreglo personal, ducha y/o baño, incluida la higiene bucal.
Ayuda personal para el vestido, calzado y la alimentación.
Transferencias, traslados y movilización dentro del hogar.
Actividades de la vida diaria necesarias en la atención y cuidado del usuario.
Estimulación y fomento de la máxima autonomía y participación de las personas atendidas en la realización de las actividades
básicas de la vida diaria.
Fomento de hábitos de higiene y orden.
En personas con alto riesgo de aparición de úlceras por presión, prevenir éstas mediante una correcta higiene, cuidados de la
piel y cambios posturales.
Ayuda en la administración de medicamentos que tenga prescritos la persona usuaria.
Cuidados básicos a personas incontinentes.
Ayuda para la ingestión de alimentos.
Fomento de la adecuada utilización de ayudas técnicas y adaptaciones pautadas.
Recogida y gestión de recetas y documentos relacionados con la vida diaria de la persona usuaria.
Prestaciones de Apoyo Familiar y Relaciones con el Entorno:
Compañía para evitar situaciones de soledad y aislamiento.
Acompañamiento fuera del hogar, para posibilitar la participación de la persona usuaria en actividades de carácter educativo,
terapéutico y social.
Facilitar actividades de ocio en el domicilio.
Apoyo y acompañamiento para la realización de compras y trámites de asistencia sanitaria y administrativa.
Desarrollo de la autoestima, la valoración de sí mismo y los hábitos de cuidado personal, evitando el aislamiento.
Potenciar y facilitar hábitos de convivencia y/o relaciones familiares y sociales.
Fomentar estilos de vida saludable y activos.
Apoyo y seguimiento de las pautas prescritas ante situaciones de conflicto que se generen en el seno de la familia.
Cuidado y atención de los menores, tanto en el entorno del hogar como en acompañamientos a centros escolares, de ocio,
sanitarios y otros.
Las funciones descritas anteriormente serán establecidas por un/a Trabajador/a Social del Servicio Social de Atención Social Básica del
Ayto. De Miajadas, quien valorará los cuidados necesarios para la persona beneficiaria del servicio, y desarrollará las pautas de
actuación en cada caso concreto, asimismo, realizará la supervisión de todas aquellas circunstancias o alteraciones en el estado de la
persona usuaria, que varíe, agrave o disminuya las necesidades de prestaciones domésticas, personales o de apoyo familiar y de
relaciones con el entorno.
CVE:
BOP-2024-5217
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de octubre de 2024
N.º 0198
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1. Creación de siete plaza de Auxiliar de Ayuda a Domicilio, nº expediente RPT 27, 28, 29, 30, 31, 49 y 50.
a. Justificación: se cree necesaria la creación de la plaza de Auxiliar de Ayuda a Domicilio para poder cumplir con la
orden O.E.P. EXTRAORDINARIA (DOE nº69, de 08-04-2022), para la Estabilización de Empleo Temporal, por
aplicación del Art. 2.1 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la reducción de la
Temporalidad en el Empleo Público.
b. Propuesta de modificación: se considera necesario, la creación de las plazas de Auxiliares de Ayuda a Domicilio.
c. Titulación exigible: Graduado Escolar o equivalente.
d. Cuadro de características:
Denominación: Auxiliares de Ayuda a Domicilio.
Nº de plazas: 7.
Funciones:
Prestaciones de Carácter Doméstico:
Mantenimiento de limpieza o ayuda a la limpieza de la vivienda, salvo casos específicos de necesidad que sean
determinados por el técnico responsable.
Preparación de alimentos en el hogar, o traslado de los mismos al domicilio.
Lavado a máquina, planchado, repaso y organización de la ropa dentro del hogar.
Apilación de las ropas sucias y traslado, en su caso, para su posterior recogida por el servicio de lavandería (si lo hubiere).
Adquisición de alimentos y otras compras de artículos de primera necesidad por cuenta de la persona usuaria.
Tareas de mantenimiento básico habitual de utensilios domésticos y de uso personal, que no requieran el servicio de un especialista
(cambio de bombillas, cambio de bolsas de aspiradora, sustitución de pilas,...).
Prestaciones de Carácter Personal:
El aseo e higiene personal, habitual o especial, arreglo personal, ducha y/o baño, incluida la higiene bucal.
Ayuda personal para el vestido, calzado y la alimentación.
Transferencias, traslados y movilización dentro del hogar.
Actividades de la vida diaria necesarias en la atención y cuidado del usuario.
Estimulación y fomento de la máxima autonomía y participación de las personas atendidas en la realización de las actividades
básicas de la vida diaria.
Fomento de hábitos de higiene y orden.
En personas con alto riesgo de aparición de úlceras por presión, prevenir éstas mediante una correcta higiene, cuidados de la
piel y cambios posturales.
Ayuda en la administración de medicamentos que tenga prescritos la persona usuaria.
Cuidados básicos a personas incontinentes.
Ayuda para la ingestión de alimentos.
Fomento de la adecuada utilización de ayudas técnicas y adaptaciones pautadas.
Recogida y gestión de recetas y documentos relacionados con la vida diaria de la persona usuaria.
Prestaciones de Apoyo Familiar y Relaciones con el Entorno:
Compañía para evitar situaciones de soledad y aislamiento.
Acompañamiento fuera del hogar, para posibilitar la participación de la persona usuaria en actividades de carácter educativo,
terapéutico y social.
Facilitar actividades de ocio en el domicilio.
Apoyo y acompañamiento para la realización de compras y trámites de asistencia sanitaria y administrativa.
Desarrollo de la autoestima, la valoración de sí mismo y los hábitos de cuidado personal, evitando el aislamiento.
Potenciar y facilitar hábitos de convivencia y/o relaciones familiares y sociales.
Fomentar estilos de vida saludable y activos.
Apoyo y seguimiento de las pautas prescritas ante situaciones de conflicto que se generen en el seno de la familia.
Cuidado y atención de los menores, tanto en el entorno del hogar como en acompañamientos a centros escolares, de ocio,
sanitarios y otros.
Las funciones descritas anteriormente serán establecidas por un/a Trabajador/a Social del Servicio Social de Atención Social Básica del
Ayto. De Miajadas, quien valorará los cuidados necesarios para la persona beneficiaria del servicio, y desarrollará las pautas de
actuación en cada caso concreto, asimismo, realizará la supervisión de todas aquellas circunstancias o alteraciones en el estado de la
persona usuaria, que varíe, agrave o disminuya las necesidades de prestaciones domésticas, personales o de apoyo familiar y de
relaciones con el entorno.
CVE:
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Verificable
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Viernes, 11 de octubre de 2024
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