Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Membrío. (BOP-2024-5216)
BOP-2024-5216 Enajenación solar propiedad del Ayuntamiento.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Membrío
ANUNCIO. Enajenación solar propiedad del Ayuntamiento.
A la vista de que este Ayuntamiento es propietario del siguiente bien:
Terreno. A la vista de que dicho bien ha sido declarado como bien no utilizable.
Considerando que es conveniente para este Municipio la enajenación del bien referido por los
siguientes motivos: Inutilización para la corporación municipal.
Examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con lo establecido en la
Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del
Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014,
RESUELVO:
PRIMERO. Iniciar el procedimiento para la enajenación del bien no utilizable descrito en los
antecedentes. Ayuntamiento de Membrío Plaza D. Juan Cilleros, 1, Membrío. 10580 (Cáceres).
Tfno. 927594107. Fax: 927594010.
SEGUNDO. Ordenar la redacción del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha
de regir el Contrato y el proceso de adjudicación.
TERCERO. Incorporado el Pliego al expediente, que se emita Informe-Propuesta de Secretaría
al respecto.
CUARTO. Dar cuenta de todo lo actuado a esta Alcaldía para que resuelva lo que proceda.
Membrío, 7 de octubre de 2024
María Florencia Tejero Ramos
ALCALDESA - PRESIDENTA
CVE:
BOP-2024-5216
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de octubre de 2024
N.º 0198
Pág. 21910
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Membrío
ANUNCIO. Enajenación solar propiedad del Ayuntamiento.
A la vista de que este Ayuntamiento es propietario del siguiente bien:
Terreno. A la vista de que dicho bien ha sido declarado como bien no utilizable.
Considerando que es conveniente para este Municipio la enajenación del bien referido por los
siguientes motivos: Inutilización para la corporación municipal.
Examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con lo establecido en la
Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del
Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014,
RESUELVO:
PRIMERO. Iniciar el procedimiento para la enajenación del bien no utilizable descrito en los
antecedentes. Ayuntamiento de Membrío Plaza D. Juan Cilleros, 1, Membrío. 10580 (Cáceres).
Tfno. 927594107. Fax: 927594010.
SEGUNDO. Ordenar la redacción del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha
de regir el Contrato y el proceso de adjudicación.
TERCERO. Incorporado el Pliego al expediente, que se emita Informe-Propuesta de Secretaría
al respecto.
CUARTO. Dar cuenta de todo lo actuado a esta Alcaldía para que resuelva lo que proceda.
Membrío, 7 de octubre de 2024
María Florencia Tejero Ramos
ALCALDESA - PRESIDENTA
CVE:
BOP-2024-5216
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de octubre de 2024
N.º 0198
Pág. 21910