Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2024-5204)
BOP-2024-5204 Convenio de encomienda de gestión del servicio de saneamiento y depuración de aguas residuales suscrito con el Ayuntamiento de Mirabel.
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
LA0019135 – CONSORCIO MÁSMEDIO
CONVENIO SANEAMIENTO EN ALTA Y DEPURACIÓN DE
AGUAS RESIDUALES
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los
perjuicios causados si así se hubiera previsto.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en
otras leyes.
DECIMOQUINTA. - Naturaleza jurídica del Convenio y resolución de
conflictos.
El presente convenio tiene carácter administrativo, quedando sujetas las
partes, por lo que respecta a su interpretación, cumplimiento y ejecución para la
resolución de los conflictos que pudieran plantearse en relación con este Convenio
de colaboración se estará a lo dispuesto en la citada LRJSP, sin perjuicio de lo
establecido por la Comisión Mixta de Seguimiento.
En lo no previsto en este Convenio regirán la LRBRL; el Texto Refundido de
las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real
Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; el Reglamento de Servicios y el Real
Decreto 3/2011, de 14 de noviembre; Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre y
demás disposiciones de Régimen Local y de derecho privado que resulten de
aplicación.
Y en prueba de conformidad respecto al presente convenio, en Cáceres a fecha
de firma electrónica.
CVE:
BOP-2024-5204
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de octubre de 2024
N.º 0198
Pág. 21860
LA0019135 – CONSORCIO MÁSMEDIO
CONVENIO SANEAMIENTO EN ALTA Y DEPURACIÓN DE
AGUAS RESIDUALES
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resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los
perjuicios causados si así se hubiera previsto.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en
otras leyes.
DECIMOQUINTA. - Naturaleza jurídica del Convenio y resolución de
conflictos.
El presente convenio tiene carácter administrativo, quedando sujetas las
partes, por lo que respecta a su interpretación, cumplimiento y ejecución para la
resolución de los conflictos que pudieran plantearse en relación con este Convenio
de colaboración se estará a lo dispuesto en la citada LRJSP, sin perjuicio de lo
establecido por la Comisión Mixta de Seguimiento.
En lo no previsto en este Convenio regirán la LRBRL; el Texto Refundido de
las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real
Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; el Reglamento de Servicios y el Real
Decreto 3/2011, de 14 de noviembre; Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre y
demás disposiciones de Régimen Local y de derecho privado que resulten de
aplicación.
Y en prueba de conformidad respecto al presente convenio, en Cáceres a fecha
de firma electrónica.
CVE:
BOP-2024-5204
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de octubre de 2024
N.º 0198
Pág. 21860