Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-5202)
BOP-2024-5202 Aprobación inicial y Exposición Pública del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Comité Provincial de Expertos en Memoria Histórica y Democrática de la Diputación Provincial de Cáceres.
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El Comité Provincial de Expertos es un órgano colegiado sin personalidad
jurídica propia, y adscrito al Servicio de Memoria Histórica y Democrática del Área de
Cultura.
Artículo 3. Régimen jurídico.
1. El Comité Provincial de Expertos se rige por lo dispuesto en el presente
Reglamento, sin perjuicio de las normas específicas que regulen su funcionamiento
interno que, en su caso, serán aprobadas en el seno del propio órgano.
2. En lo no previsto en el presente Reglamento, será de aplicación lo dispuesto en
las normas sobre órganos colegiados contenidas en el Reglamento orgánico de la
Diputación de Cáceres, y en la normativa básica en materia de régimen jurídico del
sector público.
Artículo 4. Finalidad y funciones.
1. El Comité Provincial de Expertos tiene como finalidad desarrollar el
asesoramiento en materia de memoria histórica y democrática en el ámbito de la
provincia de Cáceres.
2. Para el cumplimiento de la finalidad descrita, el Comité Provincial de Expertos
llevará a cabo las funciones siguientes:
- Proponer a los municipios de la Provincia de Cáceres, criterios generales y
homogéneos que faciliten a los mismos la elaboración del catálogo de vestigios
relativos a la Guerra Civil y la Dictadura, así como asesorar en los procesos de retirada
o resignificación de los mismos en los términos que legal y reglamentariamente
procedan.
- Promover la investigación científica, así como la difusión del conocimiento en materia
de memoria histórica y democrática mediante el fomento de publicaciones, revistas, la
realización de congresos, jornadas, y demás encuentros de tipo científico y divulgativo.
- Asesorar sobre las actuaciones a desarrollar para un correcto cumplimiento de la Ley
20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática y la Ley 1/2019, de 21 de enero,
de memoria histórica y democrática de Extremadura y las normas que en materia de
Memoria Democrática sustituyan o complementen las citadas.
- Asesorar a los órganos superiores y directivos de la Diputación Provincial de Cáceres
en materia de memoria histórica democrática, cuando se les requiera, especialmente a la
Jefatura de Servicio con competencias en la materia.
- Colaborar con las restantes administraciones públicas, en todo lo concerniente a la
recuperación de la memoria histórica y democrática.
CVE:
BOP-2024-5202
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de octubre de 2024
N.º 0198
Pág. 21836
jurídica propia, y adscrito al Servicio de Memoria Histórica y Democrática del Área de
Cultura.
Artículo 3. Régimen jurídico.
1. El Comité Provincial de Expertos se rige por lo dispuesto en el presente
Reglamento, sin perjuicio de las normas específicas que regulen su funcionamiento
interno que, en su caso, serán aprobadas en el seno del propio órgano.
2. En lo no previsto en el presente Reglamento, será de aplicación lo dispuesto en
las normas sobre órganos colegiados contenidas en el Reglamento orgánico de la
Diputación de Cáceres, y en la normativa básica en materia de régimen jurídico del
sector público.
Artículo 4. Finalidad y funciones.
1. El Comité Provincial de Expertos tiene como finalidad desarrollar el
asesoramiento en materia de memoria histórica y democrática en el ámbito de la
provincia de Cáceres.
2. Para el cumplimiento de la finalidad descrita, el Comité Provincial de Expertos
llevará a cabo las funciones siguientes:
- Proponer a los municipios de la Provincia de Cáceres, criterios generales y
homogéneos que faciliten a los mismos la elaboración del catálogo de vestigios
relativos a la Guerra Civil y la Dictadura, así como asesorar en los procesos de retirada
o resignificación de los mismos en los términos que legal y reglamentariamente
procedan.
- Promover la investigación científica, así como la difusión del conocimiento en materia
de memoria histórica y democrática mediante el fomento de publicaciones, revistas, la
realización de congresos, jornadas, y demás encuentros de tipo científico y divulgativo.
- Asesorar sobre las actuaciones a desarrollar para un correcto cumplimiento de la Ley
20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática y la Ley 1/2019, de 21 de enero,
de memoria histórica y democrática de Extremadura y las normas que en materia de
Memoria Democrática sustituyan o complementen las citadas.
- Asesorar a los órganos superiores y directivos de la Diputación Provincial de Cáceres
en materia de memoria histórica democrática, cuando se les requiera, especialmente a la
Jefatura de Servicio con competencias en la materia.
- Colaborar con las restantes administraciones públicas, en todo lo concerniente a la
recuperación de la memoria histórica y democrática.
CVE:
BOP-2024-5202
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
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N.º 0198
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