Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Carcaboso. (BOP-2024-5175)
BOP-2024-5175 Bases que han de regir la convocatoria del proceso selectivo de una plaza de Encargado/a de Obras en el marco de los procesos extraordinarios de estabilización del empleo temporal, en aplicación de la ley 20/2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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3.2. Fecha de referencia: Los/as aspirantes deberán reunir los requisitos de participación establecidos
en estas Bases en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos
durante todo el proceso selectivo y hasta el momento de la toma de posesión.
CUARTA. PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS
4.1. Información, difusión y publicidad: las presentes bases se publicarán íntegramente en el Boletín
Oficial de la Provincia de Cáceres y en la sede electrónica de este Ayuntamiento, insertándose un
extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, a los efectos de cómputo del plazo de
presentación de instancias.
4.2. Forma y plazo de presentación de instancias: las solicitudes requiriendo tomar parte en este
proceso, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes
bases, se dirigirán al señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Carcaboso, dentro del plazo de
veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Las instancias se presentarán a través de la sede electrónica del Ayuntamiento adjuntando la solicitud,
según el Anexo II de estas bases, relacionándose en la misma los méritos a valorar, y acompañando:
a) DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en vigor. En el caso de
aspirantes que concurran a las pruebas selectivas por tratarse de cónyuges, o descendientes del
cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros de la Unión Europea, deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una
declaración jurada del español o del nacional de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de
que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus
expensas o está a su cargo.
b) Documentos acreditativos de los requisitos, originales o copia auténtica de los mismos.
c) Documentos acreditativos de los méritos, originales o copia auténtica de los mismos.
Las solicitudes, según modelo del Anexo II, podrán presentarse también por cualquiera de los medios
establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
La fecha límite para la valoración de méritos será la de publicación de las convocatorias en el BOE.
En ningún caso se valorarán méritos no relacionados en la solicitud, ni aquellos que no hubieran sido
acreditados documentalmente.
El tribunal calificador puede requerir a los/as aspirantes que acrediten la veracidad de las
circunstancias y documentos aportados en cualquier momento. Asimismo, el tribunal podrá recabar de
los/as interesados/as las aclaraciones o, en su caso, la documentación complementaria que se estime
necesaria para la comprobación de los requisitos y méritos alegados, pudiendo expulsar del proceso
selectivo a los aspirantes que falseen o modifiquen dicha documentación aportada. Todo ello sin
Ayuntamiento de Carcaboso
Ctra. de Plasencia, 22, Carcaboso. 10670 (Cáceres). Tfno. 927402002. Fax: 927402486
Cód.
Validación:
69E7CXGCDY3TMX93T7K3DPE67
Verificación:
https://ayuntamientocarcaboso.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
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plataforma
esPublico
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Jueves, 10 de octubre de 2024
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en estas Bases en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos
durante todo el proceso selectivo y hasta el momento de la toma de posesión.
CUARTA. PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS
4.1. Información, difusión y publicidad: las presentes bases se publicarán íntegramente en el Boletín
Oficial de la Provincia de Cáceres y en la sede electrónica de este Ayuntamiento, insertándose un
extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, a los efectos de cómputo del plazo de
presentación de instancias.
4.2. Forma y plazo de presentación de instancias: las solicitudes requiriendo tomar parte en este
proceso, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes
bases, se dirigirán al señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Carcaboso, dentro del plazo de
veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Las instancias se presentarán a través de la sede electrónica del Ayuntamiento adjuntando la solicitud,
según el Anexo II de estas bases, relacionándose en la misma los méritos a valorar, y acompañando:
a) DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en vigor. En el caso de
aspirantes que concurran a las pruebas selectivas por tratarse de cónyuges, o descendientes del
cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros de la Unión Europea, deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una
declaración jurada del español o del nacional de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de
que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus
expensas o está a su cargo.
b) Documentos acreditativos de los requisitos, originales o copia auténtica de los mismos.
c) Documentos acreditativos de los méritos, originales o copia auténtica de los mismos.
Las solicitudes, según modelo del Anexo II, podrán presentarse también por cualquiera de los medios
establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
La fecha límite para la valoración de méritos será la de publicación de las convocatorias en el BOE.
En ningún caso se valorarán méritos no relacionados en la solicitud, ni aquellos que no hubieran sido
acreditados documentalmente.
El tribunal calificador puede requerir a los/as aspirantes que acrediten la veracidad de las
circunstancias y documentos aportados en cualquier momento. Asimismo, el tribunal podrá recabar de
los/as interesados/as las aclaraciones o, en su caso, la documentación complementaria que se estime
necesaria para la comprobación de los requisitos y méritos alegados, pudiendo expulsar del proceso
selectivo a los aspirantes que falseen o modifiquen dicha documentación aportada. Todo ello sin
Ayuntamiento de Carcaboso
Ctra. de Plasencia, 22, Carcaboso. 10670 (Cáceres). Tfno. 927402002. Fax: 927402486
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