Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Carcaboso. (BOP-2024-5175)
BOP-2024-5175 Bases que han de regir la convocatoria del proceso selectivo de una plaza de Encargado/a de Obras en el marco de los procesos extraordinarios de estabilización del empleo temporal, en aplicación de la ley 20/2021.
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8.4. A la vista de las alegaciones, en su caso, el tribunal elaborará la lista de puntuaciones definitivas y
la elevará al Alcalde-Presidente, junto con la propuesta de adjudicación de plazas en favor de los
aspirantes que hubiesen obtenido una puntuación más alta. Dicha propuesta tendrá carácter vinculante.
La resolución de adjudicación, junto con la lista de puntuaciones definitivas, será publicada en el BOP.
NOVENA. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS
9.1. En el plazo de diez días hábiles desde la publicación de la resolución, los aspirantes a los que se
les hubiera adjudicado plaza deberán presentar en el Registro del Ayuntamiento la siguiente
documentación:
a) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de
funciones públicas por resolución Judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de
funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los nacionales de otros Estados deberán
acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
b) Declaración jurada de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad
establecidos en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de
las Administraciones Públicas. Quienes tuvieran la condición de funcionarios estarán exentos de
justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar certificación de la Administración de quien dependan, acreditando
cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
c) Informe médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impidan el ejercicio de
las correspondientes funciones.
9.2. Transcurrido el plazo indicado, los aspirantes propuestos que no hubiesen presentado la
documentación correcta y completa, o no reuniesen los requisitos exigidos, serán tenidos por
desistidos en su derecho, procediendo la presidencia del Tribunal a formular propuesta a favor de los
aspirantes que figurasen a continuación en la lista de puntuación definitiva, siguiéndose la misma
tramitación descrita anteriormente para los inicialmente propuestos. Los mismos trámites se seguirán
en caso de renuncia.
9.3. A la vista de dicha propuesta, y con el fin de asegurar la cobertura de la totalidad de las plazas
convocadas, el Alcalde-Presidente podrá nombrar como funcionario de carrera o contratar como
personal laboral, según corresponda, a las personas aspirantes que sigan, por orden de prelación, a las
personas propuestas inicialmente.
DÉCIMA. CONTRATACIÓN COMO PERSONAL LABORAL FIJO
10.1. Comprobada la veracidad y adecuación de la documentación presentada, en su caso, por los
Ayuntamiento de Carcaboso
Ctra. de Plasencia, 22, Carcaboso. 10670 (Cáceres). Tfno. 927402002. Fax: 927402486
Cód.
Validación:
69E7CXGCDY3TMX93T7K3DPE67
Verificación:
https://ayuntamientocarcaboso.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2024-5175
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 10 de octubre de 2024
N.º 0197
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la elevará al Alcalde-Presidente, junto con la propuesta de adjudicación de plazas en favor de los
aspirantes que hubiesen obtenido una puntuación más alta. Dicha propuesta tendrá carácter vinculante.
La resolución de adjudicación, junto con la lista de puntuaciones definitivas, será publicada en el BOP.
NOVENA. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS
9.1. En el plazo de diez días hábiles desde la publicación de la resolución, los aspirantes a los que se
les hubiera adjudicado plaza deberán presentar en el Registro del Ayuntamiento la siguiente
documentación:
a) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de
funciones públicas por resolución Judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de
funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los nacionales de otros Estados deberán
acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
b) Declaración jurada de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad
establecidos en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de
las Administraciones Públicas. Quienes tuvieran la condición de funcionarios estarán exentos de
justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar certificación de la Administración de quien dependan, acreditando
cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
c) Informe médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impidan el ejercicio de
las correspondientes funciones.
9.2. Transcurrido el plazo indicado, los aspirantes propuestos que no hubiesen presentado la
documentación correcta y completa, o no reuniesen los requisitos exigidos, serán tenidos por
desistidos en su derecho, procediendo la presidencia del Tribunal a formular propuesta a favor de los
aspirantes que figurasen a continuación en la lista de puntuación definitiva, siguiéndose la misma
tramitación descrita anteriormente para los inicialmente propuestos. Los mismos trámites se seguirán
en caso de renuncia.
9.3. A la vista de dicha propuesta, y con el fin de asegurar la cobertura de la totalidad de las plazas
convocadas, el Alcalde-Presidente podrá nombrar como funcionario de carrera o contratar como
personal laboral, según corresponda, a las personas aspirantes que sigan, por orden de prelación, a las
personas propuestas inicialmente.
DÉCIMA. CONTRATACIÓN COMO PERSONAL LABORAL FIJO
10.1. Comprobada la veracidad y adecuación de la documentación presentada, en su caso, por los
Ayuntamiento de Carcaboso
Ctra. de Plasencia, 22, Carcaboso. 10670 (Cáceres). Tfno. 927402002. Fax: 927402486
Cód.
Validación:
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