Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeanueva de la Vera. (BOP-2024-5172)
BOP-2024-5172 Aprobación definitiva modificación del Reglamento de Régimen Interno de la Residencia de Mayores y Centro Día.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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estará a lo dispuesto para éstas.
ARTÍCULO 24.
El precio de la plaza se hará efectivo en los cinco primeros días del mes en curso a través de
domiciliación bancaria.
ARTÍCULO 25.
No se descontará de la mensualidad, los períodos en los que las personas por cualquier
motivo, se ausentaran del Centro por vacaciones, fines de semana, ingresos hospitalarios, etc.
TÍTULO IV DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO INTERNO
CAPÍTULO I. DE LAS NORMAS GENERALES.
ARTÍCULO 26.
Por los diferencies servicios, cuyo precio se regula en el capítulo 1 del título III, se entiende:
Alojamiento: el uso de la habitación asignada, las áreas y servicios comunes, estará
incluido el mantenimiento y la limpieza de las referidas zonas.
Pensión completa: desayuno, comida, merienda y cena.
La utilización de las dependencias del Centro establecidas para ello según su condición
de residente o usuario de centro de día.
La organización de las actividades lúdicas, sociales, deportivas, turísticas, etc., cuando
sean ofertadas.
ARTÍCULO 27.
No está incluido en el precio del servicio:
El material de uso personal: ropa o calzado, cepillo, peine o cepillo del pelo, pañuelos
de papel, etc.
Los costes de las excursiones programadas por el Centro.
Otros servicios prestados por profesionales ajenos al Centro (fisioterapia, podólogo y
peluquero, etc.).
Gastos de teléfono y análogos.
Gastos farmacéuticos.
Cualesquiera otros gastos de carácter personal, o que no tengan relación con los
CVE:
BOP-2024-5172
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 10 de octubre de 2024
N.º 0197
Pág. 21695
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estará a lo dispuesto para éstas.
ARTÍCULO 24.
El precio de la plaza se hará efectivo en los cinco primeros días del mes en curso a través de
domiciliación bancaria.
ARTÍCULO 25.
No se descontará de la mensualidad, los períodos en los que las personas por cualquier
motivo, se ausentaran del Centro por vacaciones, fines de semana, ingresos hospitalarios, etc.
TÍTULO IV DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO INTERNO
CAPÍTULO I. DE LAS NORMAS GENERALES.
ARTÍCULO 26.
Por los diferencies servicios, cuyo precio se regula en el capítulo 1 del título III, se entiende:
Alojamiento: el uso de la habitación asignada, las áreas y servicios comunes, estará
incluido el mantenimiento y la limpieza de las referidas zonas.
Pensión completa: desayuno, comida, merienda y cena.
La utilización de las dependencias del Centro establecidas para ello según su condición
de residente o usuario de centro de día.
La organización de las actividades lúdicas, sociales, deportivas, turísticas, etc., cuando
sean ofertadas.
ARTÍCULO 27.
No está incluido en el precio del servicio:
El material de uso personal: ropa o calzado, cepillo, peine o cepillo del pelo, pañuelos
de papel, etc.
Los costes de las excursiones programadas por el Centro.
Otros servicios prestados por profesionales ajenos al Centro (fisioterapia, podólogo y
peluquero, etc.).
Gastos de teléfono y análogos.
Gastos farmacéuticos.
Cualesquiera otros gastos de carácter personal, o que no tengan relación con los
CVE:
BOP-2024-5172
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 10 de octubre de 2024
N.º 0197
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