Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Eljas. (BOP-2024-5146)
BOP-2024-5146 Padrones de Tasas 2.º Período 2024.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Eljas
EDICTO. Padrones de Tasas 2.º Período 2024.
Aprobados por esta Alcaldía los Padrones de Tasas de Agua de Riego y Ganadería (2º Período
- 2024); y Cajeros Automáticos (Ejercicio 2024). Se exponen al público para la notificación
colectiva de las liquidaciones incluidas en los mismos.
El plazo para hacer efectivas las cuotas individuales en periodo voluntario será del 10 de
Octubre de 2024, al 10 de Diciembre de 2024.Transcurrido dicho plazo se exaccionarán las
cuotas con recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las cuotas que se
produzcan.
Las cuotas se harán efectivas en la Recaudación Municipal de este Ayuntamiento (Plaza de la
Constitución, n.º 1), en metálico, cheque conformado, giro postal tributario, cuyo impreso
contiene instrucciones completas, por transferencia bancaria para abono en las cuentas del
Ayuntamiento, o mediante domiciliación bancaria habilitada al efecto, en entidades de depósito
autorizadas.
El horario de pago es de lunes a viernes de 9 a 14 horas.
Los/as interesados/as podrán interponer en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de
publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, recurso Contencioso-
Administrativo, de conformidad con el artículo 14 de la Ley 39/1988, de 28 de Diciembre,
reguladora de las Haciendas Locales.
Eljas, 1 de octubre de 2024
Antonio Bellanco Fernández
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-5146
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 9 de octubre de 2024
N.º 0196
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Ayuntamientos
Ayuntamiento de Eljas
EDICTO. Padrones de Tasas 2.º Período 2024.
Aprobados por esta Alcaldía los Padrones de Tasas de Agua de Riego y Ganadería (2º Período
- 2024); y Cajeros Automáticos (Ejercicio 2024). Se exponen al público para la notificación
colectiva de las liquidaciones incluidas en los mismos.
El plazo para hacer efectivas las cuotas individuales en periodo voluntario será del 10 de
Octubre de 2024, al 10 de Diciembre de 2024.Transcurrido dicho plazo se exaccionarán las
cuotas con recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las cuotas que se
produzcan.
Las cuotas se harán efectivas en la Recaudación Municipal de este Ayuntamiento (Plaza de la
Constitución, n.º 1), en metálico, cheque conformado, giro postal tributario, cuyo impreso
contiene instrucciones completas, por transferencia bancaria para abono en las cuentas del
Ayuntamiento, o mediante domiciliación bancaria habilitada al efecto, en entidades de depósito
autorizadas.
El horario de pago es de lunes a viernes de 9 a 14 horas.
Los/as interesados/as podrán interponer en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de
publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, recurso Contencioso-
Administrativo, de conformidad con el artículo 14 de la Ley 39/1988, de 28 de Diciembre,
reguladora de las Haciendas Locales.
Eljas, 1 de octubre de 2024
Antonio Bellanco Fernández
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-5146
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 9 de octubre de 2024
N.º 0196
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