Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-5116)
BOP-2024-5116 Bases de la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a las Asociaciones que desarrollen actividades a favor de las mujeres y de la igualdad de género para el año 2024.
24 páginas totales
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del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia.
Las asociaciones o entidades interesadas podrán examinar el texto íntegro de estas Bases en
la página WEB de la Base de Datos Nacional de Subvenciones dependiente de la Intervención
General del Estado, así como en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
Si las solicitudes presentadas no reúnen los requisitos establecidos o no acompañan la
documentación exigida en la presente convocatoria, se requerirá a la persona interesada para
que subsane la solicitud o aporte la documentación en el plazo máximo e improrrogable de 10
días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.
SEXTA. PROCEDIMIENTO Y RESOLUCIÓN.
El procedimiento de concesión será el previsto en 23 y siguientes de la Ley General de
Subvenciones, así como en los artículos 17 y siguientes de la Ordenanza por la que se regula
el Régimen General de Subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia, aprobada por el Excmo.
Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 30 de octubre de 2006.
La Instructora del procedimiento será la concejala delegada de Igualdad.
Corresponden al órgano instructor las siguientes funciones:
- Petición de los informes que se estimen necesarios.
- Evaluación de las solicitudes presentadas, de conformidad con la presente
convocatoria, haciendo la correspondiente propuesta de Resolución provisional y
definitiva a la Junta de Gobierno Local.
- Seguimiento de los proyectos subvencionados.
El órgano colegiado al que se refiere el artículo 16 de la Ordenanza por la que se regula el
Régimen General de Subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia, estará integrado de la
siguiente forma:
Presidenta: Concejala de Igualdad, Obras, Accesibilidad, Mayores, Distritos, Entidades
Locales.
Vocal: Concejal Delegado de Hacienda.
Vocal: Concejal Delegado de Servicios Sociales.
Secretario: El Secretario General del Ayuntamiento o empleado/a público en quien
delegue, actuando como fedatario.
1 Técnico/a de la Administración Local del área orgánica de la línea de subvención, o en
su caso cualquier Técnico nombrado mediante Resolución de Alcaldía.
CVE:
BOP-2024-5116
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 8 de octubre de 2024
N.º 0195
Pág. 21564
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del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia.
Las asociaciones o entidades interesadas podrán examinar el texto íntegro de estas Bases en
la página WEB de la Base de Datos Nacional de Subvenciones dependiente de la Intervención
General del Estado, así como en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
Si las solicitudes presentadas no reúnen los requisitos establecidos o no acompañan la
documentación exigida en la presente convocatoria, se requerirá a la persona interesada para
que subsane la solicitud o aporte la documentación en el plazo máximo e improrrogable de 10
días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.
SEXTA. PROCEDIMIENTO Y RESOLUCIÓN.
El procedimiento de concesión será el previsto en 23 y siguientes de la Ley General de
Subvenciones, así como en los artículos 17 y siguientes de la Ordenanza por la que se regula
el Régimen General de Subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia, aprobada por el Excmo.
Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 30 de octubre de 2006.
La Instructora del procedimiento será la concejala delegada de Igualdad.
Corresponden al órgano instructor las siguientes funciones:
- Petición de los informes que se estimen necesarios.
- Evaluación de las solicitudes presentadas, de conformidad con la presente
convocatoria, haciendo la correspondiente propuesta de Resolución provisional y
definitiva a la Junta de Gobierno Local.
- Seguimiento de los proyectos subvencionados.
El órgano colegiado al que se refiere el artículo 16 de la Ordenanza por la que se regula el
Régimen General de Subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia, estará integrado de la
siguiente forma:
Presidenta: Concejala de Igualdad, Obras, Accesibilidad, Mayores, Distritos, Entidades
Locales.
Vocal: Concejal Delegado de Hacienda.
Vocal: Concejal Delegado de Servicios Sociales.
Secretario: El Secretario General del Ayuntamiento o empleado/a público en quien
delegue, actuando como fedatario.
1 Técnico/a de la Administración Local del área orgánica de la línea de subvención, o en
su caso cualquier Técnico nombrado mediante Resolución de Alcaldía.
CVE:
BOP-2024-5116
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 8 de octubre de 2024
N.º 0195
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