Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navas del Madroño. (BOP-2024-5091)
BOP-2024-5091 Aprobación inicial de la Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Precio Público por la prestación del Servicio y Realización de Actividades Deportivas.
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Ayuntamiento de Navas del Madroño
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL
SERVICIO Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS
Artículo 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA
En uso de las facultades concedidas en los artículos 133.2 y 142 de la Constitución, y por los
artículos 4 y 106 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, 15 a 19 del RDL 2/2004 de 5 de marzo que
aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se establece la
“Tasa por la prestación del Servicio y Realización de Actividades Deportivas”, que se regirá por
la presente Ordenanza Fiscal, cuyas normas atienden a lo prevenido en los artículos 20 y
siguientes del citado RDL 2/2004.
Artículo 2.-HECHO IMPONIBLE
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de los servicios y la realización de las
actividades administrativas de carácter deportivo descritas en el artículo 5 de la presente
Ordenanza.
Artículo 3.-SUJETOS PASIVOS
Son sujetos pasivos contribuyentes, las personas físicas o jurídicas, así como las entidades a que
se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, que soliciten o resulten afectados por los
servicios o actividades locales que presten o realice el Ayuntamiento, cuyo objeto constituye el
hecho imponible de la presente tasa.
1. Serán responsables solidarios y subsidiarios de la deuda tributaria las personas o entidades
definidas en los artículos 42 y 43 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria,
respecto a las obligaciones derivadas de la presente tasa.
La responsabilidad se exigirá en los términos y con arreglo al procedimiento previsto en la
citada Ley 58/2003.
Artículo 4.-CUOTA TRIBUTARIA
La cuota tributaria se establece en función de las tarifas que se describen en el artículo 5 de la
presente Ordenanza.
Artículo 5.- TARIFAS.
Las cuantías de la presente tasa, serán las que se indican a continuación, según la cantidad fija o
en función de los elementos o factores que se relacionan en las siguientes tarifas:
CONCEPTO CUOTA MENSUAL CUOTA
Ayuntamiento de Navas del Madroño
Plza. de la Constitución, 1, Navas del Madroño. 10930 (Cáceres). Tfno. 927375002. Fax: 927375290
Cód.
Validación:
672EHHQSGPLGZ63RC2LTZFXEX
Verificación:
https://navasdelmadrono.sedelectronica.es/
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Lunes, 7 de octubre de 2024
N.º 0194
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