Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pasarón de la Vera. (BOP-2024-5073)
BOP-2024-5073 Aprobación definitiva Presupuesto General para el ejercicio 2024.
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- 3 Peones de Mantenimiento Verano.
- 4 Peones Agrícolas.
Contra a aprobación definitiva del Presupuesto, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en
Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente
anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o
Acuerdo impugnado, esto es, no suspenderá la aplicación del presupuesto definitivamente
aprobado por la corporación.
Pasarón de la Vera, 30 de septiembre de 2024
Samuel Martín García
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-5073
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de octubre de 2024
N.º 0193
Pág. 21439
- 4 Peones Agrícolas.
Contra a aprobación definitiva del Presupuesto, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en
Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente
anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o
Acuerdo impugnado, esto es, no suspenderá la aplicación del presupuesto definitivamente
aprobado por la corporación.
Pasarón de la Vera, 30 de septiembre de 2024
Samuel Martín García
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-5073
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de octubre de 2024
N.º 0193
Pág. 21439