Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible. (BOP-2024-5048)
BOP-2024-5048 AT-9582. Soterramiento de la LAMT 4853-02-"Casillas" de la STR "Coria 1", de 13,2 kV, entre el apoyo 2003 de la misma y el CT "Casillas Coria" n.º 140303880, en Casillas de Coria (Cáceres).
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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indicados a continuación:
- Información pública del proyecto, por el plazo legalmente establecido, siendo realizadas
publicaciones en los siguientes medios:
- Diario Oficial de Extremadura: 01/04/2024.
- Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres: 10/04/2024.
- Boletín Oficial del Estado: 21/05/2024.
- Periódico HOY: 19/04/2024.
- Tablón de edictos del Ayuntamiento del municipio afectado. 22/03/2024.
Información a otras Administraciones Públicas y empresas de servicio público o de
interés general, al objeto de que en relación con bienes y derechos a su cargo afectados
por el proyecto, emitieran informes sobre la solicitud de declaración de utilidad pública.
Tercero. Respecto a las actuaciones indicadas en el apartado anterior debe hacerse constar lo
siguiente:
Durante el trámite de información pública no han sido presentadas alegaciones.
La Empresa ha manifestado su aceptación de los condicionados recogidos en los
pronunciamientos e informes emitidos por las Administraciones Públicas y empresas de
servicio público o de interés general.
Cuarto. Las instalaciones objeto de la presente resolución tienen otorgada autorización
administrativa previa mediante Resolución del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y
Minera.
Quinto. Las instalaciones objeto de la presente Resolución tienen otorgada autorización
administrativa de construcción mediante Resolución del Servicio de Ordenación Industrial,
Energética y Minera.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1.37 del Estatuto de Autonomía de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de
28 de enero, la misma posee la competencia exclusiva en materia de instalaciones de
producción, almacenamiento, distribución y transporte de energías de cualquier tipo en su
CVE:
BOP-2024-5048
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 3 de octubre de 2024
N.º 0192
Pág. 21374
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indicados a continuación:
- Información pública del proyecto, por el plazo legalmente establecido, siendo realizadas
publicaciones en los siguientes medios:
- Diario Oficial de Extremadura: 01/04/2024.
- Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres: 10/04/2024.
- Boletín Oficial del Estado: 21/05/2024.
- Periódico HOY: 19/04/2024.
- Tablón de edictos del Ayuntamiento del municipio afectado. 22/03/2024.
Información a otras Administraciones Públicas y empresas de servicio público o de
interés general, al objeto de que en relación con bienes y derechos a su cargo afectados
por el proyecto, emitieran informes sobre la solicitud de declaración de utilidad pública.
Tercero. Respecto a las actuaciones indicadas en el apartado anterior debe hacerse constar lo
siguiente:
Durante el trámite de información pública no han sido presentadas alegaciones.
La Empresa ha manifestado su aceptación de los condicionados recogidos en los
pronunciamientos e informes emitidos por las Administraciones Públicas y empresas de
servicio público o de interés general.
Cuarto. Las instalaciones objeto de la presente resolución tienen otorgada autorización
administrativa previa mediante Resolución del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y
Minera.
Quinto. Las instalaciones objeto de la presente Resolución tienen otorgada autorización
administrativa de construcción mediante Resolución del Servicio de Ordenación Industrial,
Energética y Minera.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1.37 del Estatuto de Autonomía de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de
28 de enero, la misma posee la competencia exclusiva en materia de instalaciones de
producción, almacenamiento, distribución y transporte de energías de cualquier tipo en su
CVE:
BOP-2024-5048
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 3 de octubre de 2024
N.º 0192
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