Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2024-5044)
BOP-2024-5044 Convocatoria para la concesión de Subvenciones en materia de Actividades Deportivas a desarrollar por las Asociaciones y Clubes Deportivos de Trujillo año 2024.
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Así, concedida una subvención en el ejercicio 2024 con cargo a esta convocatoria, en
ningún caso podrá solicitarse ni concederse nueva subvención del Ayuntamiento a su
beneficiario.
El porcentaje máximo de financiación por parte del Ayuntamiento de Trujillo, de los
proyectos subvencionados no excederán del 65 % del presupuesto total de los mismos.
DÉCIMA. - PAGO DE LAS SUBVENCIONES.
El pago de la subvención se realizará en virtud de lo previsto en la Ordenanza General
de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Trujillo. Un 50% de la subvención se
abonará posteriormente a la resolución de la concesión. El resto se abonará una vez que
se haya justificado el 100% de la misma.
UNDÉCIMA. - OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS.
Las entidades beneficiarias quedarán obligadas a:
1. Realizar las actividades y actuaciones contenidas en la memoria presentada ante
el ayuntamiento y que fundamentan la concesión de la subvención en el plazo,
forma, términos y condiciones previstos.
2. Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección que la
Concejalía lleve a cabo para constatar que su programa se ajusta a los contenidos
y objetivos previstos en el mismo.
3. Cumplir las obligaciones contenidas en la ley general de subvenciones.
4. Comunicar al ayuntamiento cualquier modificación en la memoria presentada y
sobre la cual le fue concedida la subvención. No se podrá realizar la misma sin
contar previamente con la aprobación del ayuntamiento.
5. Hacer constar de forma visible en todas las actividades subvencionadas los
logotipos y textos del Excmo. Ayuntamiento de Trujillo.
6. Informar sobre la realización de las actividades objeto de subvención, con la
finalidad de que el Ayuntamiento de Trujillo pueda comprobar el correcto
desarrollo de las actividades.
7. Cualquier eventualidad en el desarrollo de las actividades seleccionadas, en el
momento en el que aquella se produzca, debe ser comunicada al Ayuntamiento
de Trujillo, con el fin de obtener, en su caso, la correspondiente autorización,
sobre el cambio que resulte necesario realizar en el programa propuesto y
aprobado.
El beneficiario queda expresamente sometido al control financiero al que se hace
referencia en el Título III de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y, especialmente a
Convocatoria subvenciones asociaciones y clubes deportivos 2024. Página 8
Cód.
Validación:
3H99WRQSDACP7R5TKQGRLZT4Z
Verificación:
https://trujillo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2024-5044
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 3 de octubre de 2024
N.º 0192
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ningún caso podrá solicitarse ni concederse nueva subvención del Ayuntamiento a su
beneficiario.
El porcentaje máximo de financiación por parte del Ayuntamiento de Trujillo, de los
proyectos subvencionados no excederán del 65 % del presupuesto total de los mismos.
DÉCIMA. - PAGO DE LAS SUBVENCIONES.
El pago de la subvención se realizará en virtud de lo previsto en la Ordenanza General
de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Trujillo. Un 50% de la subvención se
abonará posteriormente a la resolución de la concesión. El resto se abonará una vez que
se haya justificado el 100% de la misma.
UNDÉCIMA. - OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS.
Las entidades beneficiarias quedarán obligadas a:
1. Realizar las actividades y actuaciones contenidas en la memoria presentada ante
el ayuntamiento y que fundamentan la concesión de la subvención en el plazo,
forma, términos y condiciones previstos.
2. Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección que la
Concejalía lleve a cabo para constatar que su programa se ajusta a los contenidos
y objetivos previstos en el mismo.
3. Cumplir las obligaciones contenidas en la ley general de subvenciones.
4. Comunicar al ayuntamiento cualquier modificación en la memoria presentada y
sobre la cual le fue concedida la subvención. No se podrá realizar la misma sin
contar previamente con la aprobación del ayuntamiento.
5. Hacer constar de forma visible en todas las actividades subvencionadas los
logotipos y textos del Excmo. Ayuntamiento de Trujillo.
6. Informar sobre la realización de las actividades objeto de subvención, con la
finalidad de que el Ayuntamiento de Trujillo pueda comprobar el correcto
desarrollo de las actividades.
7. Cualquier eventualidad en el desarrollo de las actividades seleccionadas, en el
momento en el que aquella se produzca, debe ser comunicada al Ayuntamiento
de Trujillo, con el fin de obtener, en su caso, la correspondiente autorización,
sobre el cambio que resulte necesario realizar en el programa propuesto y
aprobado.
El beneficiario queda expresamente sometido al control financiero al que se hace
referencia en el Título III de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y, especialmente a
Convocatoria subvenciones asociaciones y clubes deportivos 2024. Página 8
Cód.
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Jueves, 3 de octubre de 2024
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