Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2024-5039)
BOP-2024-5039 Ordenanza Municipal Reguladora de la utilización temporal o esporádica de Edificios e Instalaciones Municipales.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Moraleja
EDICTO. Ordenanza Municipal Reguladora de la utilización temporal o
esporádica de Edificios e Instalaciones Municipales.
El Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el 26 de Septiembre de 2024, aprobó
inicialmente la ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA UTILIZACIÓN TEMPORAL O
ESPORÁDICA DE EDIFICIOS, LOCALES E INSTALACIONES MUNICIPALES DEL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE MORALEJA.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, 56 del Texto Refundido de Régimen Local, se
somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día
siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los/as
interesados/as puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen
oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado/a en las dependencias
municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los/as interesados/as en la sede electrónica de este
Ayuntamiento dirección:
https://moraleja.sedelectronica.es
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado
definitivamente dicho Acuerdo.
Moraleja, 27 de septiembre de 2024
Julio César Herrero Campo
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-5039
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 3 de octubre de 2024
N.º 0192
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Ayuntamientos
Ayuntamiento de Moraleja
EDICTO. Ordenanza Municipal Reguladora de la utilización temporal o
esporádica de Edificios e Instalaciones Municipales.
El Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el 26 de Septiembre de 2024, aprobó
inicialmente la ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA UTILIZACIÓN TEMPORAL O
ESPORÁDICA DE EDIFICIOS, LOCALES E INSTALACIONES MUNICIPALES DEL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE MORALEJA.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, 56 del Texto Refundido de Régimen Local, se
somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día
siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los/as
interesados/as puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen
oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado/a en las dependencias
municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los/as interesados/as en la sede electrónica de este
Ayuntamiento dirección:
https://moraleja.sedelectronica.es
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado
definitivamente dicho Acuerdo.
Moraleja, 27 de septiembre de 2024
Julio César Herrero Campo
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-5039
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 3 de octubre de 2024
N.º 0192
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