Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2024-5029)
BOP-2024-5029 Delegaciones de Alcaldía.
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facultades que se deleguen así como las condiciones específicas del ejercicio de las mismas
en la medida en que se aparten del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre,
la delegación es específica relativa a un determinado servicio. En este caso, la delegación
comprenderá la dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes, pero no podrá
incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
OCTAVO. Imponer al/a delegado/a la obligación de informar a esta Alcaldía, a posteriori, con
periodicidad mensual y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y
de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas
decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por el
Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre.
NOVENO. Notificar personalmente la presente resolución a los/as designados/as, que se
considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa; y remitir el Resolución del
nombramiento al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación en el mismo, igualmente
publicar la Resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su
efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución por el Alcalde.
Asimismo, estará a disposición de los/as interesados/as en la sede electrónica de este
Ayuntamiento, dirección:
https://alcuescar.sedelectronica.es
DÉCIMO. Dar cuenta al Pleno de la Corporación, en la sesión de organización que éste
celebre, del contenido de la delegación.
UNDÉCIMO. Aplicar, respecto a todo lo no previsto expresamente en la presente resolución,
las reglas que para la delegación de competencias del Alcalde se prevén en la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen
en dichas normas.
Alcuéscar, 30 de septiembre de 2024
Dionisio Vasco Juez
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-5029
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 3 de octubre de 2024
N.º 0192
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