Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-5028)
BOP-2024-5028 Acuerdo Regulador del Precio Público por la prestación de determinados servicios y Organización de actividades por parte del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios de la Diputación Provincial de Cáceres.
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Artículo 5. Obligados/as a pago.
Estarán obligados/as al pago del precio público regulado en la presente Ordenanza los/as
beneficiarios/as directos/as de estos servicios, o de la actividad, previa solicitud de los mismos.
La mera presentación de la solicitud de asistencia técnica o del operativo preventivo por el/a
interesado/a no implica la obligación del SEPEI de la prestación del servicio. La aceptación o
denegación de la solicitud se realizará mediante resolución motivada.
Artículo 6. Nacimiento de la obligación de pago.
1. La obligación de pagar el precio público nace desde el momento en que se resuelva
favorablemente la solicitud de la prestación del servicio o la solicitud de formar parte de la
actividad.
2. En todos los supuestos previstos en el presente acuerdo regulador la Diputación, a través
del SEPEI, notificará junto a la resolución favorable la liquidación del precio público
correspondiente a la actividad a realizar.
Artículo 7. Normas de gestión.
El precio público se exigirá conforme al modelo oficial de solicitud que se incorpora como
anexo a este reglamento.
Artículo 8. Normas complementarias.
En lo no previsto en el presente acuerdo regulador y que haga referencia a la aplicación,
gestión, liquidación, inspección y recaudación de este precio público, se estará a lo previsto en
la Ley General Presupuestaria y demás legislación de carácter local y general que les sea de
aplicación, en especial el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la
Ley 8/1989, de Tasas y Precios Públicos, el Reglamento General de Recaudación.
Disposición adicional. De acuerdo con lo establecido en el artículo 47.1 del R.D.L. 2/2004, de 5
de marzo, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se delega en la
Junta de Gobierno de la Corporación Provincial, a propuesta de la persona titular del Área
competente, y previo informe de Intervención, la concreción, modificación y fijación de nuevas
tarifas por la prestación de servicios de prevención, colaboración y otras análogas por el
SEPEI, que llevará aparejado el expediente correspondiente, y el estudio de costes en cada
caso.
CVE:
BOP-2024-5028
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 3 de octubre de 2024
N.º 0192
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