Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Millán. (BOP-2024-4984)
BOP-2024-4984 Aprobación definitiva Plan de Medidas Antifraude.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Casas de Millán
CONTRATOS
BANDERAS ROJAS CONTROLES PROPUESTOS
asignados para su control.
Aceptación de ofertas
anormalmente bajas sin haber
sido justificada adecuadamente
por el licitador.
Establecer un control sobre la justificación de la baja
temeraria de precios, comprobando la exactitud de la
información presentada por el licitador con oferta
anormalmente baja, en su caso.
Disponer de una política adecuada en materia de conflicto de
interés.
Establecer y dar publicidad a un sistema que permita
denunciar los comportamientos supuestamente fraudulentos.
Ausencia o inadecuados
procedimientos de control del
procedimiento de contratación.
Dejar constancia en un acta de la información sobre las
ofertas recibidas.
Lista de comprobación de requisitos previos para la admisión
de las ofertas, anterior a su valoración.
Disponer de una política adecuada en materia de conflicto de
interés.
Cambios en las ofertas después
de su recepción.
Dejar constancia en un acta de la información sobre las
ofertas recibidas.
Disponer de una política en materia de conflicto de interés que
incluya una Declaración de ausencia de conflictos de interés
(DACI) por parte de todo el personal y la verificación de su
contenido, cuando proceda, así como medidas dirigidas a
garantizar su cumplimiento.
Disponer de un procedimiento de control y seguimiento de la
ofertas presentadas hasta la adjudicación, de forma que se
pueda garantizar que no se han producido modificaciones en
la oferta.
Ofertas excluidas por errores o
por razones dudosas.
Quejas de otros licitadores.
Procedimiento que no se
declara desierto y continúa con
su tramitación pese a que se
han recibido menos ofertas que
el número mínimo requerido.
Fraccionamiento fraudulento del contrato
Fraccionamiento en dos o más
contratos.
Registro detallado de los proveedores seleccionados.
Controles periódicos del importe acumulado por proveedor y
análisis correlativo de los objetos de los distintos contratos
celebrados con cada uno de ellos.
Verificación de la forma en la que se haya establecido el
procedimiento de contratación.
Separación injustificada o
artificial del objeto del contrato.
Compras secuenciales por
debajo de los umbrales de
licitación abierta.
Incumplimientos en la formalización del contrato
El contrato formalizado altera
los términos de la adjudicación.
Revisión del contrato con carácter previo a la firma que
permita verificar que no se ha producido una alteración en los
términos de la adjudicación, dejando constancia de este
control por escrito.
Falta de coincidencia entre el
adjudicatario y el firmante del
contrato.
Cód.
Validación:
9DSAE3NK9A4FYN7Z9GJ2ZW9SP
Verificación:
https://casasdemillan.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
57
de
68
CVE:
BOP-2024-4984
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de octubre de 2024
N.º 0190
Pág. 21192
CONTRATOS
BANDERAS ROJAS CONTROLES PROPUESTOS
asignados para su control.
Aceptación de ofertas
anormalmente bajas sin haber
sido justificada adecuadamente
por el licitador.
Establecer un control sobre la justificación de la baja
temeraria de precios, comprobando la exactitud de la
información presentada por el licitador con oferta
anormalmente baja, en su caso.
Disponer de una política adecuada en materia de conflicto de
interés.
Establecer y dar publicidad a un sistema que permita
denunciar los comportamientos supuestamente fraudulentos.
Ausencia o inadecuados
procedimientos de control del
procedimiento de contratación.
Dejar constancia en un acta de la información sobre las
ofertas recibidas.
Lista de comprobación de requisitos previos para la admisión
de las ofertas, anterior a su valoración.
Disponer de una política adecuada en materia de conflicto de
interés.
Cambios en las ofertas después
de su recepción.
Dejar constancia en un acta de la información sobre las
ofertas recibidas.
Disponer de una política en materia de conflicto de interés que
incluya una Declaración de ausencia de conflictos de interés
(DACI) por parte de todo el personal y la verificación de su
contenido, cuando proceda, así como medidas dirigidas a
garantizar su cumplimiento.
Disponer de un procedimiento de control y seguimiento de la
ofertas presentadas hasta la adjudicación, de forma que se
pueda garantizar que no se han producido modificaciones en
la oferta.
Ofertas excluidas por errores o
por razones dudosas.
Quejas de otros licitadores.
Procedimiento que no se
declara desierto y continúa con
su tramitación pese a que se
han recibido menos ofertas que
el número mínimo requerido.
Fraccionamiento fraudulento del contrato
Fraccionamiento en dos o más
contratos.
Registro detallado de los proveedores seleccionados.
Controles periódicos del importe acumulado por proveedor y
análisis correlativo de los objetos de los distintos contratos
celebrados con cada uno de ellos.
Verificación de la forma en la que se haya establecido el
procedimiento de contratación.
Separación injustificada o
artificial del objeto del contrato.
Compras secuenciales por
debajo de los umbrales de
licitación abierta.
Incumplimientos en la formalización del contrato
El contrato formalizado altera
los términos de la adjudicación.
Revisión del contrato con carácter previo a la firma que
permita verificar que no se ha producido una alteración en los
términos de la adjudicación, dejando constancia de este
control por escrito.
Falta de coincidencia entre el
adjudicatario y el firmante del
contrato.
Cód.
Validación:
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Verificación:
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Documento
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Verificable
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N.º 0190
Pág. 21192