Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Millán. (BOP-2024-4984)
BOP-2024-4984 Aprobación definitiva Plan de Medidas Antifraude.
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Ayuntamiento de Casas de Millán
SUBVENCIONES
BANDERAS ROJAS CONTROLES PROPUESTOS
y no se ha seguido el
procedimiento de información
y notificación establecido al
efecto por la normativa
europea.
en el expediente de las notificaciones y autorizaciones de la
misma, que procedan en cada caso.
 Lista de comprobación para asegurar el cumplimiento de la
normativa europea en materia de ayudas de estado y para
facilitar la elaboración de los informes y declaraciones de
gestión regulados en el MRR.
Desviación del objeto de la subvención
Las bases reguladoras o
convocatoria no mencionan el
componente y la reforma e
inversión ni los hitos y
objetivos a cumplir.
 Verificar que las bases reguladoras o la convocatoria
contienen una referencia a la incorporación de la actuación
en el PRTR, con indicación del componente y de la reforma o
inversión en la que se incardinarán las subvenciones que se
concedan.
 Verificar que las bases reguladoras o la convocatoria
recogen la coherencia con los objetivos perseguidos en cada
reforma o inversión, identifican los hitos y objetivos a cuyo
cumplimiento contribuyen e identifican los
Los fondos no han sido
destinados a la finalidad
establecida por parte del
beneficiario.
 Verificar el uso y la finalidad a la que se están destinando los
fondos.
 Control de la correcta realización de las actuaciones objeto
de la ayuda y la veracidad de los valores de los indicadores,
hitos y objetivos efectivamente alcanzados.
 Archivar en el expediente la documentación acreditativa de la
ejecución de las actividades y del cumplimiento de hitos y
objetivos (fotos, carteles, informes, mails, trípticos,
materiales, grabaciones, documentación...).
Las bases reguladoras o
convocatoria no recogen el
cumplimiento del principio de
"no causar daño
significativo".
 Verificar que las bases reguladoras o la convocatoria
recogen expresamente la obligación de los beneficiarios del
cumplimieto del principio de "no causar un daño
significativo".
Las bases reguladoras o
convocatoria no recogen el
cumplimiento del coeficiente
de etiquetado verde y digital
que se ha asignado en el
PRTR.
 Verificar que las bases reguladoras o la convocatoria
incluyen una referencia al cumplimiento del etiquetado verde
y digital que se ha asignado en el PRTR.
Doble financiación
Exceso en la cofinanciación de
 Lista de comprobación sobre doble financiación (Anexo III.D
de la Orden HFP/1030/2021).
Cód.
Validación:
9DSAE3NK9A4FYN7Z9GJ2ZW9SP
Verificación:
https://casasdemillan.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
48
de
68
CVE:
BOP-2024-4984
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de octubre de 2024
N.º 0190
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