Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Millán. (BOP-2024-4984)
BOP-2024-4984 Aprobación definitiva Plan de Medidas Antifraude.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Casas de Millán
ordenamiento jurídico, y actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad,
integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al
servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez,
promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y
hombres” (artículo 52 de la Ley 7/2017, de 12 de Abril, del Estatuto Básico del Empleado
Público).
El Ayuntamiento persigue con esta política consolidar dentro de la organización una
cultura que desaliente toda actividad fraudulenta y que facilite su prevención y detección,
promoviendo el desarrollo de procedimientos efectivos para la gestión de estos supuestos.
El Ayuntamiento pondrá en marcha medidas eficaces y proporcionadas de lucha
contra el fraude, basadas en la experiencia anterior y en la evaluación del riesgo de fraude.
Asimismo, procederá a denunciar aquellas irregularidades o sospechas de fraude
que pudieran detectarse, a través de los canales internos de notificación y siempre en
colaboración con el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude. Todos los informes se
tratarán en la más estricta confidencialidad y de acuerdo con las normas que regulan esta
materia.
En definitiva, el Ayuntamiento de Casas de Millán ha adoptado una política de
tolerancia cero con el fraude, estableciendo un sistema de control interno diseñado para
prevenir y detectar, dentro de lo posible, cualquier actuación fraudulenta y, en su caso,
subsanar sus consecuencias, adoptando para ello los principios de integridad, imparcialidad
y honestidad en el ejercicio de sus funciones.
Cód.
Validación:
9DSAE3NK9A4FYN7Z9GJ2ZW9SP
Verificación:
https://casasdemillan.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2024-4984
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de octubre de 2024
N.º 0190
Pág. 21163
ordenamiento jurídico, y actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad,
integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al
servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez,
promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y
hombres” (artículo 52 de la Ley 7/2017, de 12 de Abril, del Estatuto Básico del Empleado
Público).
El Ayuntamiento persigue con esta política consolidar dentro de la organización una
cultura que desaliente toda actividad fraudulenta y que facilite su prevención y detección,
promoviendo el desarrollo de procedimientos efectivos para la gestión de estos supuestos.
El Ayuntamiento pondrá en marcha medidas eficaces y proporcionadas de lucha
contra el fraude, basadas en la experiencia anterior y en la evaluación del riesgo de fraude.
Asimismo, procederá a denunciar aquellas irregularidades o sospechas de fraude
que pudieran detectarse, a través de los canales internos de notificación y siempre en
colaboración con el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude. Todos los informes se
tratarán en la más estricta confidencialidad y de acuerdo con las normas que regulan esta
materia.
En definitiva, el Ayuntamiento de Casas de Millán ha adoptado una política de
tolerancia cero con el fraude, estableciendo un sistema de control interno diseñado para
prevenir y detectar, dentro de lo posible, cualquier actuación fraudulenta y, en su caso,
subsanar sus consecuencias, adoptando para ello los principios de integridad, imparcialidad
y honestidad en el ejercicio de sus funciones.
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