Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2024-4980)
BOP-2024-4980 EXTRACTO. Convocatoria para la concesión de Subvenciones en materia de Premios Gymkana Peñas 2024.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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8. Premios.
Todos los participantes, que hayan completado todas las pruebas, serán obsequiados con un
especial regalo gracias al esfuerzo, dedicación y superación.
9. Normas a cumplir el día del concurso.
Los grupos participantes deberán estar compuestos por un mínimo de 5 integrantes, sin
tener un número máximo de componentes por grupo.
Si hay grupos muy numerosos, no todos los miembros podrán participar en todas las
pruebas; sin embargo nadie puede quedarse sin jugar en al menos alguna de ellas. Los
participantes tendrán que organizarse entre sí para que todos jueguen y deberán ir
todos juntos a realizar los distintos retos, el grupo no puede separarse bajo ningún
concepto.
Todos los miembros del grupo tendrán que llevar la camiseta de su peña, y si esto no
fuera posible camisetas del mismo color.
Cada grupo elegirá un nombre para su equipo.
10. Órgano Competente para la Instrucción y Resolución del Procedimiento.
Establece el artículo 7 el procedimiento de concesión en Régimen de Concurrencia
Competitiva.
El procedimiento se iniciará de oficio, mediante convocatoria pública con los apartados
recogidos en la misma.
El órgano competente para la instrucción del expediente es un Concejal del Ayuntamiento de
Alcuéscar.
Éste solicitará cuantos informes estime necesarios para resolver, así como evaluar las
solicitudes que se presenten en tiempo y forma, todo ello de conformidad con el artículo 24 de
la Ley 38/2003, de 14 de noviembre, General de Subvenciones.
El órgano competente para resolver será el Alcalde.
11. Plazo de presentación de Solicitudes y Documentación.
Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de esta convocatoria. Se
dirigirán al Alcalde del Ayuntamiento, y se presentaran en el Registro de entrada del
Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en
CVE:
BOP-2024-4980
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de octubre de 2024
N.º 0190
Pág. 21108
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8. Premios.
Todos los participantes, que hayan completado todas las pruebas, serán obsequiados con un
especial regalo gracias al esfuerzo, dedicación y superación.
9. Normas a cumplir el día del concurso.
Los grupos participantes deberán estar compuestos por un mínimo de 5 integrantes, sin
tener un número máximo de componentes por grupo.
Si hay grupos muy numerosos, no todos los miembros podrán participar en todas las
pruebas; sin embargo nadie puede quedarse sin jugar en al menos alguna de ellas. Los
participantes tendrán que organizarse entre sí para que todos jueguen y deberán ir
todos juntos a realizar los distintos retos, el grupo no puede separarse bajo ningún
concepto.
Todos los miembros del grupo tendrán que llevar la camiseta de su peña, y si esto no
fuera posible camisetas del mismo color.
Cada grupo elegirá un nombre para su equipo.
10. Órgano Competente para la Instrucción y Resolución del Procedimiento.
Establece el artículo 7 el procedimiento de concesión en Régimen de Concurrencia
Competitiva.
El procedimiento se iniciará de oficio, mediante convocatoria pública con los apartados
recogidos en la misma.
El órgano competente para la instrucción del expediente es un Concejal del Ayuntamiento de
Alcuéscar.
Éste solicitará cuantos informes estime necesarios para resolver, así como evaluar las
solicitudes que se presenten en tiempo y forma, todo ello de conformidad con el artículo 24 de
la Ley 38/2003, de 14 de noviembre, General de Subvenciones.
El órgano competente para resolver será el Alcalde.
11. Plazo de presentación de Solicitudes y Documentación.
Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de esta convocatoria. Se
dirigirán al Alcalde del Ayuntamiento, y se presentaran en el Registro de entrada del
Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en
CVE:
BOP-2024-4980
Verificable
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N.º 0190
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