Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de El Gordo. (BOP-2024-4912)
BOP-2024-4912 Subvención ayudas para compra de material escolar curso 2024/2025.
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A Y U N T A M I E N T O
D E
EL GORDO
Exp. 2024/0281
Plaza de la Constitución, 1  10392 El Gordo (Cáceres)  Telf: 927 78 07 00  email: ayuntamiento@aytoelgordo.es
b) Asistir regularmente a clase durante el curso completo. En caso de no cumplir esta
obligación e incurrir en absentismo escolar no podrá ser merecedor de este tipo de ayuda.
c) Justificar en caso de que se le requiera, la realización de la actividad, en los términos
previstos en las presentes bases.
d) Proceder al reintegro de la ayuda recibida en los supuestos establecidos en la base
décima.
e) En general, todas aquellas previstas en el artículo 14 de la Ley 8/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
ARTÍCULO 7º.- PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y
DOCUMENTOS OBLIGATORIOS.
1. Las solicitudes irán dirigidas a la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de El
Gordo y acompañadas de la documentación acreditativa pertinente que se especifica a
continuación y presentadas en el Registro General de este Ayuntamiento, en horario de
oficina de 9 a 14 horas y de lunes a viernes.
La solicitud junto con el resto de documentación, también podrá presentarse en cualquiera
de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. El plazo para presentar las solicitudes y demás documentos será de veinte días hábiles
a contar desde el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia. Si el último día de presentación de solicitudes fuera sábado o domingo, se
entenderá automáticamente prorrogado el plazo hasta el lunes inmediatamente posterior a
la citada fecha.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, si
la solicitud de iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo 66, y, en su caso, los
que señala el artículo 67 u otros exigidos por la legislación específica aplicable, se
requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por
desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos
en el artículo 21.
3. Los documentos que obligatoriamente deben acompañar a la solicitud son:
a) Fotocopia del libro de familia o de la documentación oficial acreditativa de los
miembros de la unidad familiar (certificado de convivencia).
b) Copia de la matrícula formalizada y/o certificado del centro escolar con sede en El
Gordo y Navalmoral de la Mata, donde se indique el nombre del centro, el nombre y
apellidos del/a alumnos/as y el curso en el que se encuentra matriculado/a para el
curso escolar 2024-2025.
Cód.
Validación:
59HTA255G37DLPJSEMF5KDW2Y
Verificación:
https://elgordo.sedelectronica.es/
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Jueves, 26 de septiembre de 2024
N.º 0187
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